Entonces según tu, que es lo que hay que hacer y o poner en el escrito de alegaciones?
Me interesa, porque me quedan 5 días para presentar las mismas. 300€ (150 pronto pago) y 2 puntos o 100€ sin puntos.
He estado buscando y no he encontrado ningún escrito tipo, así que iba a hacer un Juan Palomo.
Pero me fastidia (por desconocimiento, tiempo y ganas) tener que meterme en estos berengenales, porque a esta gente no les sale de ahí aplicar las normas que ellos mismos ponen.
Si no manejas minimamente el procedimiento administrativo, que es eminentemente formal, yo te recomendaría que contactases con un abogado, el seguro del piso y/o coche suele tener esta cobertura.
Hay seguros (por ejemplo Linea Directa) que no se por qué motivo, ellos mismos te presentan las alegaciones, a mi personalmente esta forma no me gusta, prefiero que me den el escrito realizado a mi, y yo lo leerle y veré si me gusta, si quiero añadir, quitar o lo que sea, y posteriormente presentarlo.
Dicho esto, y sin ningún animo de extenderme en lo que es el procedimiento sancionador, ahora mismo a ti te lo han notificado, y se ten han dado el acuerdo de incoación, que se convertirá en propuesta de resolución si no alegas en plazo.
Se abre, o se ha abierto la fase de instrucción (no confundas con la de alegaciones), en donde en el procedimiento se pueden realizar pruebas, evidentemente tu no te puedes defender sin conocer los datos necesarios.
Por eso, lo primero que yo habría, es "para poder ejercer el derecho a la defensa, y POSTERIORMENTE presentar alegaciones" solicitar ciertos datos, por supuesto por escrito claro (esto no es el escrito de alegaciones, si no solicitud de pruebas):
- Qué tipo de radar se utilizó para la medición (fijo o movil)
- Qué margen de error tiene ese radar en su homologación según la forma en la que estaba colocado (varías según si es uno u otro radar y según si es fijo o movil). Y las notas de prensa de la DGT no valen para alegar, no forman parte del ordenamiento jurídico.
Luego siempre mola pedir alguna tontería mas como:
- Que se identifique al operador del radar y se aporte certificado de que esta debidamente habilitado como operador de radar (es un absurdo si es un radar fijo, pero no si es móvil).
- Por qué no se notifico en el momento, y que agente o agentes estaban encargados de la notificación de las infracciones detectadas con ese radar ese día.
Vamos, tonterías varias, cuyo fin es que no te las den y poder luego alegar indefensión.
Una vez que toda esta información se haya aportado al expediente (te darán copia), ya puedes alegar, pero basándote en datos que ya tienes en el expediente, principalmente el margen de error (que la propia DGT te habrá dicho) y la medición de velocidad. Y vuelves a alegar indefensión por la negativa a facilitar los datos que han pedido.
Presentadas la alegaciones te contestaran, bien dándote la razón, o no, si te dan la razón, pues bien, ya esta, si no, pues haces el recurso de alzada, que básicamente es lo mismo que el primer recurso.
Si tienes razón te la darán, y tener razón no es que la DGT es recaudatoria, o que los radares estan puestos para cazar, o que el policía miente, si no basarse en datos objetivos y contrastables (QUE ESTAN EN EL EXPEDIENTE PORQUE LOS HAS PEDIDO).
En este tipo de sanciones normalmente no vale de nada alegar falta de proporcionalidad y que se ha elevado la sanción por el afán recaudatorio, porque suelen poner el mínimo, pero es importante mirar bien la denuncia y la sanción impuesta, así como la argumentación de la infracción (si hay algo además del hecho concreto, en el caso de la velocidad pues dificil). Pero desde luego, yo creo (Y ESTO ES UNA OPINIÓN MUY PERSONAL) que en el primer recurso hay que alegar todo y no ir incorporando cosas a medida que avanza el procedimiento, pero reitero, que esto es muy personal, se gente que defiende que prefiere guardarse "cosas" para aportar en el contencioso, yo creo que eso aparte de no ser correcto legalmente, es incongruente.