flash a 131 de gps en limite de 120

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hola,

hoy volviendo de madrid a coruña ya anochecido pase por un radar fijo con el regulador de mi 407 a 134kmh y el tom tom media 131kmh de gps
cual es mi sorpresa cuando note el fogonazo y no venia ningun coche delante ni detras mia...
alguien sabe a partir de que velocidad te pueden multar????
yo creia que hasta 132kmh inclusive no podian multarte

saludos y gracias
 

Cyph3r

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Creo que salta a 133 km/h, pero mira bien si la autovia estaba limitada a 120 o habia otra señal de obras o algo parecido.
 

riverafer

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da igual a la velocidad que salte la multa te vendra desde 120km/h eso si por lo que tengo entendido salta a los 132Km/h...
 

etsap

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a mi a 132 un radar móvil me cazo , verano 2007 , me parece que es leve , 120 euros , si lo pagas pronto 70 y no te quitan puntos
 

juan ci

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en toria a 132km/h pero como e dicho,teoria.lo mejor ponerlo a 124 y asi no pasas de 120
 
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acabo de leer en una tabla de la DGT que en limitacion de 120kmh, hasta 132kmh es sin sancion y que a partir de 133 sancion de 100euros...
como es posible que con el regulador a 134kmh y de gps 131kmh pudiera ir a una real de 133kmh para que el fijo saltase?????
](*,)](*,)](*,)
 
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hola,

hoy volviendo de madrid a coruña ya anochecido pase por un radar fijo con el regulador de mi 407 a 134kmh y el tom tom media 131kmh de gps
cual es mi sorpresa cuando note el fogonazo y no venia ningun coche delante ni detras mia...
alguien sabe a partir de que velocidad te pueden multar????
yo creia que hasta 132kmh inclusive no podian multarte

saludos y gracias
 

GaTo_e36

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riverafer;6195462 dijo:
da igual a la velocidad que salte la multa te vendra desde 120km/h eso si por lo que tengo entendido salta a los 132Km/h...
Lo que yo vi en un documental tipo callejeros emitido por la tele, y de boca de un Guardia Civil, es que los radares tienen un desfase de 14 kilómetros hora, por eso y no por otra cosa, saltan o te multan a 134 kmh en una carretera limitada a 120. Si te salta el radar a 127km/h, no saben si realmente ivas a esa velocidad, o ha sido fallo de radar.

Trankilo que por debajo de 150km/h, no conlleba retirada de puntos.
 

David-AC

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El GPS tambien tiene algo de error y si vas ajustando tanto, pues puede pasar lo que al final pasó...
 
C

catalins

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en carretera de 120, si no lo tengo entendido mal, circular de 133 a 152 K/h son 100 euros de multa y no te quitan puntos.
 

J-Z4-Fran

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KikínR;6196266 dijo:
hola,

hoy volviendo de madrid a coruña ya anochecido pase por un radar fijo con el regulador de mi 407 a 134kmh y el tom tom media 131kmh de gps
cual es mi sorpresa cuando note el fogonazo y no venia ningun coche delante ni detras mia...
alguien sabe a partir de que velocidad te pueden multar????
yo creia que hasta 132kmh inclusive no podian multarte

saludos y gracias
No es que no puedan, lo que pasa es que dan un margen porque no todos los coches marcan igual. Tambien he leido que algunas veces suben un poco el limite y otras van a rajatabla.
A mi me hiciero una foto en una secundaria y luego resulta que estaba en pruebas y estaba por debajo, de hecho fué en verano y no he recibido nada.
Suerte!
 
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J-Z4-Fran;6196484 dijo:
No es que no puedan, lo que pasa es que dan un margen porque no todos los coches marcan igual. Tambien he leido que algunas veces suben un poco el limite y otras van a rajatabla.
A mi me hiciero una foto en una secundaria y luego resulta que estaba en pruebas y estaba por debajo, de hecho fué en verano y no he recibido nada.
Suerte!

pero los GPS son muy fiables no en velocidad?
 

Alvaris

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si es que al intentar racanear tanto fijate como te sale hombre¡¡¡la proxima vez ponlo a algo menos que son 5 minutos en un viaje¡¡¡
 

SPTR

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Joer, hacéis unas preguntas...

¿Cómo te fías de lo que dice un GPS y el cuadro del coche?

¿Cómo sabes tú que un radar está correctamente calibrado?

¿Deberas pensáis o piensas que porque en una tabla diga 132KM/h, vas a ir con tu GPS a 131 y no va a saltar? ¿sólo por lo que pone en una tabla, en una hoja de papel?

Ir como ibas era ir jugando con fuego y te has quemado. Con esto no digo que no corras, pero si sabes que hay un radar, lo mejor es ir despacio y no tentando a la suerta en el margen límite.

Que luego cuando no lo hay ¿quieres ir a 200?, bien, no digo nada en ese caso.
 
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hola,

ayer volviendo de madrid a coruña ya anochecido pase por un radar fijo con el regulador de mi 407 a 134kmh y el tom tom media 131kmh de gps
cual es mi sorpresa cuando note el fogonazo y no venia ningun coche delante ni detras mia...
alguien sabe a partir de que velocidad te pueden multar????
yo creia que hasta 132kmh inclusive no podian multarte

saludos y gracias
 
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pues por lo que dices puede que hayan bajado los limites si ese era de 120mh, suerte, s2
 

Javierovitch

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la tolerancia era de un 10% si, pero me parece que sencillamente ahora la han puesto en +10km/h. no se, me parece muy austado, de todas maneras, no te habrias empanao un pokillo y el limite en ese tramo era 100? saludos y que no te pase nada.
 

AFG19

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El GPS tambien se equivoca y el radar tambien.. No son exactos y si ajustas al límite te puede pasar.. SI quieres ir más tranquilo una de dos, o lo llevas a 125 de GPS o bien lo llevas a 131 como vas pero frenas un poquito al pasar por los radares fijos (que entiendo que el GPS igual te puede avisar de donde estan)
 

Jiro

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Como te dicen, todos los aparatos tienen un +-% de error. Por eso que no pongan el radar a 120, para cubrir ese posible error y que no les recurran todas las multas
 

Gus

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Igual la foto es para el caracol que te iba dando alcance, no desesperes :ar:

Bueno, bueno...y si no....y la cantidad de vidas que han salvado gracias a ello , qué? :descojon:

De todas formas ya nos contarás si hay sanción, espero que no, por pura salud mental.
 

Osiris

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KikínR;6196266 dijo:
hola,

hoy volviendo de madrid a coruña ya anochecido pase por un radar fijo con el regulador de mi 407 a 134kmh y el tom tom media 131kmh de gps
cual es mi sorpresa cuando note el fogonazo y no venia ningun coche delante ni detras mia...
alguien sabe a partir de que velocidad te pueden multar????
yo creia que hasta 132kmh inclusive no podian multarte

saludos y gracias
Depende de la comunidad autónoma!
Tienes 2 posibilidades, radares que saltan a limite máss 10% o radares que saltan al límite más 10% y la cantidad correspondiente hasta entrar en la zona de retirada de puntos.
Si circulabas por la A6, a 132 debería de saltar, no te quitaran puntos, pero si te multarán económicamente.

Hace 2 meses, el ministerio de hacienda mando una carta interna a la DGT y Fomento para que ejecutaran la ley de seguridad vial a raja tabla, sólo con motivo recaudatorio. Como podrás comprobar, han sido varias las campañas que hay en vigor, sin más, mira la del móvil... puramente recaudatorio. Después del dineral de equipar los helicopteros, ahora las cámaras no sirven solo para velocidad, sino para ver que haces dentro del coche.... a tomar por c*lo pa libertad de los ciudadanos. Es una dictadura encubierta.


KikínR;6196499 dijo:
pero los GPS son muy fiables no en velocidad?

Los GPS triangula la posición de un objeto en las 3 dimensiones. latitud, longitud y altura. Si el objeto se mueve pueden calcular la velocidad sabiendo su desplazamiento en un tiempo determinado. La fiabilidad de los GPS depende de varios factores, como el número de satélites que tienen enlazados (RAIM) así como la posición del objeto en el globo terráqueo.
La tierra es como una patata, es una esfera achatada por los polos. Los cálculos de navegación se realizan en base de que la tierra es esférica, lo cuál no es cierto, por eso de pequeños errores de posición y demás.

Con todo esto te quiero decir, que habrá días que tu GPS sea más exacto que tu velocímetro, y otros no.


Saludos!
 

mifergo

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¿estas seguro que la limitación era de 120? ¿dónde fue? (me conozco la A6)
 

dacubo

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Yo cuando voy "legal" programo a 130km/h el control de crucero, sabiendo que marca siempre algo de mas voy mas tranquilo.
 

josevet-69

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Yo por si acaso no paso de los 130 km/h y en cuanto a los que se fian tanto del gps discrepo totalmente, pues no son exactos, solo hay que ver que aveces cuando nos desviamos o pasamos del lugar que nos indica el gps este tarda varios segundos en en detectar el error y en la velocidad, igual.
 

M BLADE

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Bueno, conociendo que la sancion es igual por ir a 134 reales que a 150 reales... ya sabeis a que velocidad hay que ir... :descojon:

Lo que te ha pasado es una de mis grandes dudas y desconfianzas del sistema... el radar dira q ibas a 135 km/h cuando en verdad ibas a 130... como lo defiendes?? Que pasa si vas a 120 y te tiran una foto diciendo que ibas a 140 km/h por un fallo mecanico??? No te puedes defender de ninguna forma.

Cuando hay radares, bajo sensiblemente la velocidad a la permitida... si quieres ir legal, ve legal y no te la juegues, si quieres trampear un poco, almenos aprovecha el margen hasta 150... total si te pillan te van a meter el mismo paquete.

Saludos!
 

A300

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La Ley de Seguridad Vial cataloga las infracciones de velocidad en graves y muy graves:

Artículo 65 de LEY 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

4. Son infracciones graves las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
a) Incumplir las disposiciones de esta Ley en materia de: limitaciones de velocidad, salvo que supere el límite establecido en el apartado 5.c
5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:
c) Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, en 30 km por hora dicho límite máximo.
«Artículo 67. Sanciones.

1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros; y las muy graves, de 301 a 600 euros. En el caso de infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se establecen en este artículo.

ANEXO II

Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos

El titular de un permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones que a continuación se relacionan perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señalan a continuación:

6. Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos , en 30 kilómetros por hora dicho límite máximo ................................................................................................................6 puntos

12. Exceder los límites de velocidad establecidos:
En más de 40 km/h salvo que esté incurso en lo indicado en el apartado 6 ...... 4 puntos
En más de 30 km/h hasta 40 km/h ...............................................................3 puntos
En más de 20 km/h hasta 30 km/h ...............................................................2 puntos

Hasta aquí, lo que dice la ley en materia de graduación de sanciones de velocidad.

Ahora conviene resaltar lo que dicen las normativas referidas a los cinemómetros.....

ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 1994 POR LA QUE SE ESTABLECE EL CONTROL METROLOGICO DEL ESTADO PARA LOS INSTRUMENTOS DESTINADOS A MEDIR LA VELOCIDAD DE CIRCULACION DE VEHICULOS A MOTOR.

Artículo 8. Tolerancias.

Los errores máximos tolerados en los ensayos inherentes a la aprobación de modelo serán los indicados en el apartado 5.1 de la norma UNE 26.444.

Artículo 26. Toleranzas. Los errores máximos tolerados en la verificación periódica serán los siguientes:

a) Para los cinemómetros estáticos:

Cinco kilómetros/hora, en más o en menos, para las velocidades inferiores a 100 kilómetros/hora.
Cinco centésimas de la velocidad, en más o en menos, para las velocidades iguales o superiores a 100 kilómetro/hora.

b) Para los cinemómetros instalados en un vehículo en movimiento:

Diez kilómetros/hora, en más o en menos, para las velocidades inferiores a 100 kilómetros/hora.
Diez centésimas de la velocidad, en más o en menos, para las velocidades iguales o superiores a 100 kilómetros/hora.

ORDEN ITC/3699/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única queda derogada la orden del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, de 11 de febrero de 1994, por la que se regulan los cinemómetros destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor.

ANEXO III

Requisitos esenciales específicos para los cinemómetros destinados a medir la velocidad instantánea de circulación de los vehículos a motor desde instalaciones fijas o a bordo de vehículos

1. Terminología

1.1 Cinemómetros ópticos:
a) De barra láser.-
b) De «pistola» láser.-
1.2 Cinemómetros de sensor
1.3 Cinemómetros por Efecto Doppler (Radares)

4. Errores máximos permitidos (emp)
a) En examen de modelo, verificación de producto, verificación después de reparación o modificación
Tipo de instalación Errores máximos permitidos Para ensayos en carretera (tráfico real)
Instalación fija o estática. ± 3 km/h, para v ≤ 100 km/h ± 3 %, para v > 100 km/h ± 1 km/h *
Instalación móvil. ± 5 km/h, para v ≤ 100 km/h ± 5 %, para v > 100 km/h

* Error medio de todos los resultados en las aprobaciones de modelo.
b) En verificación periódica:
Tipo de instalación Errores máximos permitidos Para ensayos en carretera (tráfico real)
Instalación fija o estática. ± 4 km/h, para v ≤ 100 km/h ± 4 %, para v > 100 km/h (Sólo en verificación de instalación)
Instalación móvil. ± 7 km/h, para v ≤ 100 km/h ± 7 %, para v > 100 km/h

ANEXO IV

Requisitos esenciales específicos para los cinemómetros destinados a medir la velocidad instantánea de circulación de los vehículos a motor desde aeronaves estáticas o en movimiento

4. Errores máximos permitidos

Para la medida de velocidad: ± 10%.

ANEXO V

Requisitos esenciales específicos para los cinemómetros destinados a medir la velocidad media de circulación de los vehículos a motor sobre tramos de distancias conocidas desde instalaciones fijas

4. Errores máximos permitidos

Para la medida de velocidad: ± 5 %.

Bueno, echando un vistazo a todo lo anterior, vemos que la Ley de Segurida Vial.....

.- Es tremendamente difusa en cuanto a graduación de sanciones: sólo contempla la graduación en graves y muy graves, así como la catalogación en cuanto a detracción de puntos.

.- No tabula de manera más precisa y homogénea la graduación económica, ni los períodos de retirada del permiso de conducir.

.- Establece que la autoridad competente en materia de tráfico puede ser diferente en cada caso.... los alcaldes en sus municipios, el director general de tráfico en las vías que no son competencia de los ayuntamientos y de las comunidades autónomas con competencias de tráfico transferidas, y los directoes autonómicos de tráfico en las CCAA con competencias transferidas.

.- En base al punto anterior, y debido a lo difuso de la ley, una misma infracción puede tener distinta repercusión en función del lugar en el que se cometa. .... Reinos de taifas....

.- A mayor abundamiento en todo este galimatías, en lo referido a los márgenes de error de los cinemómetros, las distintas administraciones están aplicando la normativa de 1994, que es más benévola que la del 2006 y que además ha sido derogada por ésta.

.- Para rizar más el rizo, la DGT aplica en su tabla de sanciones los criterios de márgenes de error de cinemómetros dinámicos (más benévolos...) para los dinámicos y estáticos según la OM de 1994. Sin embargo, las dos CCAA con competencias transferidas CAT y PV, así como muchos ayuntamientos, sí distinguen entre estáticos y dinámicos.

.- Por si no fuera poco en todo este barullo... Trafikoa, el SCT y la DGT aplican unas tablas en las que se incluye el margen de error; sin embargo, ayuntamientos como el de Madrid aplican un procedimiento a la inversa... es decir, que a la velocidad que sale reflejada en la foto le restan el margen de error, y ésa es la cantidad que figura en el boletín de denuncia, de ahí que en caso de que el límite sea 70... el conductor denunciado flipa cuando ve que en la denuncia figura que ha cometido una infracción por circular a 72 (y es que ya le han restado el 7 % a la cifra que figura en la foto) ....Y además.... ¿por qué figura el 7%...?... Pues porque al ayuntamiento le ha salido de los huevos aplicar esa cifra.

¿A dónde nos lleva todo esto....? Pues sencillamente a afirmar que este país que es España, es una casa de p*tas.... con leyes que desconciertan al ciudadano, con administraciones que no siguen un mismo criterio o aplican lo que les da la gana, con ciudadanos que pueden ser sancionados de distinta manera en base a unas mismas leyes, en función de la autoridad competente de turno.

Ejemplo-1: vehículo circulando a 146 kmh detectado por cinemómetro estático en zona de límite 120
.- SCT catalán: 100 € y sin puntos
.- Trafikoa vasco: 150 € y 2 puntos menos
.- DGT: 100 € y sin puntos

Ejemplo-2: mismo límite 120 kmh, radar estático, y vehículo detectado a 128 kmh
.- SCT y Trafikoa: 100 €
.- DGT: no hay denuncia

Ejemplo-3: límite 120 kmh, radar estático, y vehículo detectado a 178 kmh
.- Soria: 300 €, 4 puntos y un mes de retirada
.- Zaragoza: 300 €, 4 puntos, .... y dos meses de retirada... o sin retirada.... puesto que eso lo determina el jefe provincial de tráfico.... o el jefe del centro de denuncias automatizadas que hay en León.

En definitiva, sacad vuestras propias conclusiones ante semejante desaguisado.... y tened en cuenta que el cinemómetro puede medir que vas a 135 cuando en realidad vas a 130 reales .... porque para eso tiene una tolerancia del 4 % en caso de ser doppler y estático. NO se debe apurar tanto.

Saludos.
 

A300

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Un añadido: en territorio DGT no denuncian hasta 132 si el límite es 120, pero esos 132 son los 132 que el cinemómetro mide , es decir, que NO son los 132 que lleva el vehículo (por muy reales que sean)

Saludos.
 

Berki

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No se si es el Rai2002 de Rueda, pero se comenta que ese radar flashea antes de los 133.
Ya que gente con tempomat en 13o reales segun GPS han sido flaseados

Salu2
 

etsap

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ES FALTA leve y te van a meter 120 euros que se quedaran en 70 y no te quitan puntos .
 
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