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Un caso de "atestado sin victimas" , afortunadamente.
No me alegro que pasen estas cosas; menos aún que haya que acudir a los tribunales a ponerles coto (porque nada garantiza que se ponga en todos los casos) Es decir el error en cuaslquier oficio es disculpable; si acarrea imputar conductas con relevancia penal al tun tun, ya no, y menos viniendo de quien debe velar por que se cumpla la ley; y menos aún negándose a considerar las evidencias, como ha sucedido.
Si lo pongo es porque el agente se negó incluso a visioonar el videro del accidente para mantener sus conclusiones, que ya califica bastante la juez como para que yo suelte adjetivos.
Lamentar que cosas asi pasen como si nada; y alegrarme por los dos pepitos motoristas, porque pudimos ser cualquiera.
Una jueza descalifica a un guardia civil por un atestado
Una jueza descalifica a un guardia civil por un atestado
La grabación de un accidente de moto desmontó la tesis del agente
Autor: francisco varela Localidad: ferrol / La voz El 15 de julio del 2007, dos motocicletas colisionaron contra un turismo que cruzaba la carretera N-651 (Betanzos-Ferrol) a la altura de Cabanas. El informe de la Guardia Civil de Tráfico atribuyó la responsabilidad a los dos motoristas y eximió de culpa a la conductora del automóvil. No obstante, la sentencia de la magistrada Ana Rodríguez Piorno, titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol, concluye todo lo contrario y no escatima críticas al agente que levantó el atestado, que sostenía que la conductora del coche se vio sorprendida por la alta velocidad de las motocicletas y no pudo reaccionar.
Parece más fruto de prejuicio que del análisis de los hechos, porque, dice la sentencia, el agente se negó repetidamente a visionar la grabación que hizo del siniestro una cámara instalada en la estructura de la segunda moto. Estas imágenes, a la postre, son las que reflejan con nítida claridad lo acontecido y no las deducciones del guardia.
El perito
Sí observó la grabación repetidamente el perito judicial, que en su informe detalla que Tráfico calculó la velocidad de una frenada marcada en la carretera, pero que fue de otro accidente diferente. Así las cosas, la jueza concluye: «Ante esta realidad, es lo cierto que absolutamente ningún valor puede atribuirse al atestado elaborado por la Guardia Civil de Ferrol, cuyo instructor depuso en el acto de juicio haciendo gala de un desconocimiento tan absoluto de la manera en la que se produjo el accidente que, ciertamente, a estas alturas, ninguno de los datos en los que se basa resulta mínimamente sostenible».
Considera inexplicable la actitud del guardia, desmontada «punto por punto» con la filmación. Así, para la jueza, el accidente se produjo porque la mujer que conducía el coche no paró en el stop que tenía, a pesar de que tenía visibilidad para ver la llegada de las motos.
Maniobra evasiva
«Para colmo -dice también el fallo- se afirma que los conductores [de las motos] no realizaron maniobra evasiva alguna, cuando es todo lo contrario, de hecho en la grabación se visiona perfectamente cómo el motorista que circula en primer lugar, haciendo gala, por cierto, de una gran destreza, trata de esquivar el vehículo manteniendo, increíblemente, el equilibrio, circunstancia que viene a significar no ya la atención a la conducción, sino incluso, que fue absolutamente exquisita». Desmonta también el «insostenible» cálculo de la velocidad que hace el guardia. La magistrada recuerda lo que dice el Reglamento General de Circulación en lo referente a la señal de stop: los conductores cederán siempre el paso a los vehículos que transiten por la vía preferente, sea cualquiera el lado por el que se aproximen, llegando a detener por completo la marcha ante la mencionada señal.
No me alegro que pasen estas cosas; menos aún que haya que acudir a los tribunales a ponerles coto (porque nada garantiza que se ponga en todos los casos) Es decir el error en cuaslquier oficio es disculpable; si acarrea imputar conductas con relevancia penal al tun tun, ya no, y menos viniendo de quien debe velar por que se cumpla la ley; y menos aún negándose a considerar las evidencias, como ha sucedido.
Si lo pongo es porque el agente se negó incluso a visioonar el videro del accidente para mantener sus conclusiones, que ya califica bastante la juez como para que yo suelte adjetivos.
Lamentar que cosas asi pasen como si nada; y alegrarme por los dos pepitos motoristas, porque pudimos ser cualquiera.
Una jueza descalifica a un guardia civil por un atestado
Una jueza descalifica a un guardia civil por un atestado
La grabación de un accidente de moto desmontó la tesis del agente
Autor: francisco varela Localidad: ferrol / La voz El 15 de julio del 2007, dos motocicletas colisionaron contra un turismo que cruzaba la carretera N-651 (Betanzos-Ferrol) a la altura de Cabanas. El informe de la Guardia Civil de Tráfico atribuyó la responsabilidad a los dos motoristas y eximió de culpa a la conductora del automóvil. No obstante, la sentencia de la magistrada Ana Rodríguez Piorno, titular del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol, concluye todo lo contrario y no escatima críticas al agente que levantó el atestado, que sostenía que la conductora del coche se vio sorprendida por la alta velocidad de las motocicletas y no pudo reaccionar.
Parece más fruto de prejuicio que del análisis de los hechos, porque, dice la sentencia, el agente se negó repetidamente a visionar la grabación que hizo del siniestro una cámara instalada en la estructura de la segunda moto. Estas imágenes, a la postre, son las que reflejan con nítida claridad lo acontecido y no las deducciones del guardia.
El perito
Sí observó la grabación repetidamente el perito judicial, que en su informe detalla que Tráfico calculó la velocidad de una frenada marcada en la carretera, pero que fue de otro accidente diferente. Así las cosas, la jueza concluye: «Ante esta realidad, es lo cierto que absolutamente ningún valor puede atribuirse al atestado elaborado por la Guardia Civil de Ferrol, cuyo instructor depuso en el acto de juicio haciendo gala de un desconocimiento tan absoluto de la manera en la que se produjo el accidente que, ciertamente, a estas alturas, ninguno de los datos en los que se basa resulta mínimamente sostenible».
Considera inexplicable la actitud del guardia, desmontada «punto por punto» con la filmación. Así, para la jueza, el accidente se produjo porque la mujer que conducía el coche no paró en el stop que tenía, a pesar de que tenía visibilidad para ver la llegada de las motos.
Maniobra evasiva
«Para colmo -dice también el fallo- se afirma que los conductores [de las motos] no realizaron maniobra evasiva alguna, cuando es todo lo contrario, de hecho en la grabación se visiona perfectamente cómo el motorista que circula en primer lugar, haciendo gala, por cierto, de una gran destreza, trata de esquivar el vehículo manteniendo, increíblemente, el equilibrio, circunstancia que viene a significar no ya la atención a la conducción, sino incluso, que fue absolutamente exquisita». Desmonta también el «insostenible» cálculo de la velocidad que hace el guardia. La magistrada recuerda lo que dice el Reglamento General de Circulación en lo referente a la señal de stop: los conductores cederán siempre el paso a los vehículos que transiten por la vía preferente, sea cualquiera el lado por el que se aproximen, llegando a detener por completo la marcha ante la mencionada señal.