Es un mundo, yo por suerte aún no he tenido que verme en cosas tan arduas.
Tuve un siniestro total de un cliente, que hicieron una tasación original dando el modelo erróneo. Era un 320i E46 170cv y el perito tasó un 320i E46 150cv. Con mandar un correo al perito, rectificaron y dieron el valor correcto, hasta el último euro, en este caso valor de mercado, el coche estaba en MAPFRE.
En los condicionados de las aseguradoras viene. Hasta donde sé y todas las que he visto, usan GANVAM.
La verdad es que temas de jurisprudencia local ya desconozco, existe jurisprudencia a favor del valor de reposición. La ley del contrato de seguro establece, en su artículo 73, la obligación del asegurador civilmente responsable de reponer el daño causado al perjudicado:
Aunque ciertamente no se establece ni se menciona el término de "valor de reposición" en ningún lado de la ley de contrato de seguro, sí que existe jurisprudencia del mismo a través del código civil por el artículo 1902 y sentencias varias. La más reciente (Buscado en gemini) la 420/2020, que preciamente aborda un siniestro igual que el que le sucedió a
@gogo :
Sentencia del supremo:
Art. 1902 del código civil:
La verdadera punta de lanza del problema es el manido argumento (que esto sí que da problemas) de que el asegurado "no puede verse enriquecido por acción del seguro", artículo 26 de la LCS:
PEEEEERO el verdadero argumento viene aquí:
Por lo general, se calcula que el valor de mercado de un coche es, de media, un 30% más que su valor venal. Por eso vemos en muchos casos propuestas de indemnización (y aseguradoras) que valoran el coche a Valor venal + 30% (Qualitas auto, Liberty, Divina pastora para coches de menos de 10 años). Sin embargo esto no es del todo cierto, y buena prueab de ello es que las aseguradoras que tasan a valor de mercado (MAPFRE, ALLIANZ, OCCIDENT) usan para valorar sus vehículos la base de datos de EUROTAX.
Por tanto, entendemos que si bien el venal+30% puede ser una media estadística, no exime de que haya coches que se salgan de esta norma por el motivo que sea, porque si fuera una regla de oro, no existiría un tasador independiente de valores de mercado.
De hecho y hoy en día esa norma está (En mi humilde opinión de barra de bar) anticuada, sobretodo con la burbuja de segunda mano que estamos viviendo.
Por eso, si cualquiera de nosotros consideramos que el valor de reposición (O mercado, que no es el mismo pero es el que más se acerca) de nuestro coche supera el valor venal + 30%, vía peritaje independiente y pruebas de mercado de segunda mano, se entiende que la jurisprudencia para coches de alto valor, jugaría a nuestro favor.
Repito que ya a nivel de jurisprudencias autonómicas (si es que eso existe?
@Gus @el_letrado ) desconozco el caso.