OT: Como se hace para vender un piso en construccion

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por chapu, 8 Feb 2005.

  1. chapu

    chapu Guest

    Hola,

    Una pregunta.
    Un poco tonta quizás.

    Yo puedo poner a la venta un piso que lo estén construyendo ahora y que lo entreguen en 18 meses?

    Si es así, que impuestos debo pagar y como se hace?

    Muchas gracias
     
  2. AleX5

    AleX5 Guest

    Hola,

    que va a ser tonta, mucha gente lo hace.

    Lo que pasa que es un tema delicado por los impuesto y es mejor que preguntes al asesor fiscal de una gestoría. Es probable que te puedas ahorrar algún €.

    Normalmente la propia inmobiliaria tiene una lista de clientes que se han quedado fuera a los que ofrecer el piso. No se como estraán las cosas ahora, antes si se vendía cerca de la entrega definitiva se scaba un buen pico.

    Saludos,
    Alex
     
  3. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    La cesión del contrato a un tercero está legalmente sujeta a impuestos, pero como te sugiere Alex...siempre que conste, que no suele ;-)
     
  4. chapu

    chapu Guest

    y

    y entonces que es más ventajoso económicamente?

    Vender el piso antes de constituir una hipoteca o escriturar el piso, pagar unos meses letras y luego ya ponerlo a la venta.

    Un saludo
     
  5. divad

    divad Forista

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    Lo mas ventajosos, que no legal, es venderlo antes de escriturar. Para ello tienes que ponerte de acuerdo con el constructor (el se llevara su parte), y encontrar un comprador.

    saludos
     
  6. chapu

    chapu Guest

    por que no es legal?
    algún anuncio se ve en las revistas de este tema
    Gracias!
     
  7. Gavira

    Gavira Tr3s españoles, cu4tro opiniones. Miembro del Club

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    Respuesta magnífica
    En lenguaje de calle, eso sería hacer un "pase".
     
  8. eduardog

    eduardog Guest

    Hola.
    Si, lo que se suele hacer es pegarle el pase.
    Cuanto más tiempo esperes, más sacarás por él. De eso se trata.
    Si tu pusiste por ejemplo 50.000 euros, al que te lo compre, le pides 60.000.
    50.000 será en "A" o legal y 10.000 te los dará en "B" Efectivo.
    Saludos.
     
  9. randy_oz

    randy_oz Forista Legendario Miembro del Club

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    Y no se puede hacer de manera que sea legal, que pague sus impuestos, y asi nos beneficiamos todos? ;-)

    Salu2 ;-)
     
  10. little_homer

    little_homer Guest

    Juuuuaaaaaaas se nota que vienes de Suecia!!!!
    Yo lo haré cuando pongan peajes gratis !! :descojon: :descojon: :descojon:
     
  11. randy_oz

    randy_oz Forista Legendario Miembro del Club

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    Pero que el no ha dicho que el cambio de piso fuera en Catalunya :descojon::descojon::descojon:
    Los de Catalunya, en negro, los demas, a pringar :D :D :D

    Salu2 ;-)
     
  12. chapu

    chapu Guest

    volviendo al ejemplo
    si compra A por 50.000, pero vendo por 60.000. La diferencia B es de 10.000.

    Ese dinero es negro, declarable que c**o es? es que no se como se procede.
     
  13. Jim

    Jim Guest

    Declarar es lo que sale a la luz y el resto lo que se entrega a la sombra, que no consta, ni se sabe ni se comenta...
    Teniendo un contrato de compraventa privado entre el promotor y tú (si el promotor te lo permite... hay veces que se ponen cabezones) puedes hacer lo que por aquí han denominado "pase" o lo que es lo mismo cedes tu posición a un tercero a cambio de una contraprestación normalmente economica, aunque tambien valdría ir a pasearle al perro todos los días no es lo más común... vamos!
    Una vez encontrado un nuevo comprador le vendes tu posición en el contrato y ahora es decisión tuya el hacerlo constar o salir con los mauros sin que tu identidad figure a expensas del fisco. Puedes declararlo o no, eso ya recae en tu conciencia.

    Si no lo declaras, pues nada le pides al otro el dinero en metalico y listos y por dios no lo metas en el banco!

    Si declaras, es una compraventa de un derecho, lo vendes y pagas tus tributos y toos contentos, Hacienda más y como Hacienda somos todos pues lo dicho, todos contentos...

    Que conste que estoy hablando de ceder el derecho a comprar el inmueble antes de su escritura pública, si decidieses escriturar a tu nombre y despues venderlo, te recomendaría que esperaras un tiempo ya que sino tu beneficio se lo comerá Hacienda y entonces... TODOS CONTENTOS!!!
     
  14. randy_oz

    randy_oz Forista Legendario Miembro del Club

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    Es declarable.
    Com dicen por ahi, si lo pones bajo un colchon, o te lo gastas de manera disimulada, sera negro.
    Pero si en cambio de ser 10000, son 100000, no te compres un SL, porque si un dia les da por investigar, te preguntaran de donde ha salido ese dinero!

    Salu2 ;-)
     
  15. chapu

    chapu Guest

    y si lo queremos hacer legal cuanto se paga?
    es decir si yo gano 100.000 cuanto declaro a hacienda y cuanto me quedo yo?
     
  16. Josse

    Josse Guest

    Pues de lo que tendrás que declarar no tengo ni idea (¿tal vez 16%?)

    Pero lo que también tienes que tener en cuenta es si desgravaste en la compra del piso, bien por cta. vivienda, bien por cantidades aportadas al constructor. Si es así deberás devolverlo a no ser que lo reinviertas en otra vivienda.
    Si prefieres quedarte el piso, deberás conservarlo (y en teoría vivir en él) al menos tres años por lo mismo, las cantidades desgravadas se supone que son por la vivienda habitual.
     
  17. AleX5

    AleX5 Guest

    Hola,

    pues si declaras el beneficio, ojo el beneficio, total y ese son €100.000 y dependiendo de en que tramo de renta estes, pues a ojo, y desconociendo la segunda variable, un 30 y algo % se te va.

    Lo de la cuenta vivienda no es preocupante pq se supone que no has comunicado nada de compra de piso, a todos los efectos es como si la siguieras teniendo. Eso si, ojo con los 5 años para comprar.

    Otra cosa, existe la opción de exención por reinversión en vivienda habitual. Es decir, si has obtenido un beneficio y lo vas a gastar en casa nueva cabría la posibilidad de que se considerara así, con lo que te quedarías mas tranquilo. Pero por si acaso acude a un asesor o a la delegación de Hacienda mas próxima. Allí se pueden hacer consultas, el problema es que las respuestas no tienen por que ser vinculantes para ellos amneos que sea por escrito.

    Saludos,
    Alex
     

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