Pero a los residentes no les afecta , verdad ?
No, pero algo de papeleo habrá que hacer antes de Febrero, que empezarán a sancionar.
El APR de Madrid Centro estará delimitado por las calles Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Plaza de España, Princesa y Serrano Jover. Y en el interior de este espacio
solo podrán circular:
- Vehículos de residentes. Con la tarjeta de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), aunque solo los que estén domiciliados en el interior del perímetro de restricción.
- Turismos con la etiqueta Cero Emisiones de la DGT.
- Taxis.
- Vehículos de servicio público. Bomberos, ambulancias, policía, protección civil, vehículos oficiales y de salvamento.
- Bicicletas.
- Motocicletas. Aunque en un horario comprendido entre las 7:00 y las 22:00. Para circular por la noche necesitan autorización especial.
- Vehículos de transporte público.
- Vehículos calificados como de multiusuario. Son los de “carsharing” y deberán hacerlo con autorización.
- Vehículos que se dirijan a un parking (privado o público). También a un garaje particular u hotel.
- Vehículos con una autorización especial de acceso.
En este último caso,
podrán solicitar una autorización para circular los residentes de este área que se encuentren en una situación especial. Por ejemplo, aquellos que estén realizando obras en una vivienda; también los que tengan dificultades de movilidad, visitas, los
propietarios de una empresa establecida en esta zona, las empresas que realicen servicios a domicilio y las que se dediquen a trabajos de carga y descarga.