Hay seguros a todo riesgo que en las condiciones particulares de la póliza indican que si no hay acreditación de parte contraria no no cubren.
Línea directa por ejemplo
Lo barato sale caro. Vaya caca de seguro a todo riesgo....
También te digo una cosa: se trata de una cláusula limitativa de lis derechos del asegurado y, de conformidad con el artículo 3 de la ley de contrato de seguro, debe estar, ademas, de resaltará en negrita, expresamente aceptada mediante firma por el asegurado, en consecuencia, debe estar en las condiciones particulares y expresamente aceptada con firma cosa que dudo que esté.
En todo caso, tendrás que ir a la Dirección General de Seguros a reclamar o al Juzgado total por haberte ahorrado 3 duros en la prima.
Lo dicho LDA:KK y, me costa, no es la única que exige la participación de un tercero, de ahí, determinados precios.
En esto recordad: Nadie da duros a cuatro pesetas. La calidad y el servicio se paga.
SalU2’s