Duda ¿Pagan los zetillas de más de 25 años impuesto de circulación en Madrid?

Tema en 'BMW Serie Z (1987 - Presente)' iniciado por Radiomar, 13 Sep 2022.

  1. Radiomar

    Radiomar Forista

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    Según la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en su artículo 95.6 dice que los coches catalogados como históricos o con más de 25 años no deben pagar el impuesto de circulación, pero los ayuntamientos tienen la potestad de aplicar o no esta Ley.

    ¿Esto es así en Madrid? En caso afirmativo, ¿dejan de enviar la carta de pago o hay que hacer algún trámite?

    Gracias.
     
  2. AdrGarcía

    AdrGarcía Forista

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    Échale un vistazo a las ordenanzas municipales. Tienen que estar en red en alguna parte.
    Aquí en mi pueblo, tienes que presentar una especie de certificado de un club de clásicos o por el estilo, en el que se manifieste que el coche tiene esos años y ya está... que menuda tontería si para eso ya está la ficha técnica del coche.
    :kiss::kiss::kiss:

    Edito: Según la web del Yuntamiento, la bonificación es para los vehículos declarados históricos por la Comunidad de Madrid, literalmente:

    "Bonificación del 100% de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, a aquellos vehículos declarados históricos. La Jefatura Provincial de Tráfico dará traslado al Ayuntamiento de cuantos permisos de circulación se concedan para este tipo de vehículos"

    Y, más adelante, en requisitos:

    "Serán considerados vehículos históricos aquellos que hayan sido declarados por la Comunidad Autónoma respectiva y figuren así incluidos en el Registro de la Jefatura Provincial de Tráfico.
    La inscripción en el Registro de la Jefatura Provincial de Tráfico como vehículo histórico dará derecho a la bonificación correspondiente, que surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se produzca la inscripción, excepto en los supuestos de vehículos dados de alta en el tributo como consecuencia de la matriculación y autorización para circular en cuyo caso los efectos se producirán en el ejercicio corriente.
    Los vehículos que hayan sido fabricados o matriculados por primera vez con una anterioridad de treinta años como mínimo, además de otros requisitos pueden pedir su catalogación como históricos siempre que cumplan los trámites establecidos en el Reglamento de vehículos históricos."


    Te toca rascarte el bolsillo hasta que el zetilla no tenga 30 tacos de almanaque a cuestas.
    :nose::nose::nose:
    :kiss::kiss::kiss:
     
    Última edición: 13 Sep 2022
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  3. Javizquierdo

    Javizquierdo Forista Legendario

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    Se que en Pozuelo de Alarcon, con antiguedad de 25 años no se paga. Tienes que hacer una solicitud muy sencilla y ya para siempre. Como dices, depende de la población.
     
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  4. michel_*

    michel_* Forista Senior

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    En Madrid capital tampoco es automático y desconozco el procedimiento, la verdad.
    Solo sé que sigo pagando impuesto de circulación para unas motos de los años 50; tienen más de 60 años.

    Buscaré info y haré la solicitud de estas 2 ruedas.
     
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  5. fueyo

    fueyo En Practicas

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    Yo hace unos 6 años que me fui a Galapagar y deje Madrid Capital, pero en aquella época solo los catalogados como históricos tenían bonificación del 100% (es decir no pagaban), lo se porque tengo motos antiguas y pregunte en su día y me dijeron que nada, que ni 25 ni 30 ni 50, solo históricos

    En Galapagar con 25 años lo solicitas al ayuntamiento y te dan la bonificación
     
  6. gusfedo

    gusfedo En Practicas

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    Creo que como norma general, las ordenanzas fiscales de los Ayuntamientos se basan en el RDL. 2/2004. En el artículo 95 apartado 6 dice:

    "Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, las siguientes bonificaciones:
    a) Una bonificación de hasta el 75 por ciento en función de la clase de carburante que consuma el vehículo, en razón a la incidencia de la combustión de dicho carburante en el medio ambiente.
    b) Una bonificación de hasta el 75 por ciento en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente.
    c) Una bonificación de hasta el 100 por cien para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. La regulación de los restantes aspectos sustantivos y formales de las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores se establecerá en la ordenanza fiscal."

    Las bonificaciones normalmente hay que solicitarlas no las aplica el Ayuntamiento por las buenas.

    Busca las ordenanzas fiscales de tu Localidad y comprueba que pone.
     
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  7. Radiomar

    Radiomar Forista

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    ¿Alguien sabe si esto es aplicable a Madrid? Siendo el mío del 97, que aunque aún no es histórico si que cumple lo de los 25 años...

    Por cierto, no sé que voy a hacer con él hasta que cumpla los 30 años porque tenerlo parado en el garaje como que no. Encima, si no te dejan sacarlo, ¿cómo pasas la ITV? Porque no pasar la ITV también está prohibido aunque lo tengas en el garaje.

    Menuda forma de complicarnos la vida, es todo tan kafkiano...
     
    Última edición: 6 Nov 2022
  8. gusfedo

    gusfedo En Practicas

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    Busca las ordenanzas fiscales de Madrid y ahí debe de ponerlo.
    Creo que para poder pasar la ITV deberías de poder sacarlo, no lo vas a llevar en un grúa no? Sería un total disparate. Yo haría la consulta, por escrito, al Ayuntamiento, a ver que te dice.
    Pero tienes razón, es todo un verdadero desastre...
     
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  9. Radiomar

    Radiomar Forista

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    Bueno, de la mayoría de los políticos e instituciones me espero cualquier cosa, y el 99, 9% problemas.
     

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