Pues siento disentir, art.3 apartado 18:
18. Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo.
Como ya he dicho, si las nuevas suspensiones no modifican la altura libre al suelo, no hay que hacer nada. No se considera reforma.
No me he puesto a mirarlo mucho en profundidad, pero supongo que la altura libre al suelo tendrá unos valores aproximados de 10-20mm en lo que te podrás pasar.
Otra cosa, si tu nueva suspensión es de otro tipo que la original, entonces si es reforma.
De todas formas compañero te comento que mejor te pases por otra ITV mas permisiva y si te dicen algo de los muelles les dices que los has pintado y santas pascuas.
Tu mismo me estas dando la razón, la normativa no basta con leerla sino que también hay que interpretarla, te lo voy a explicar para que lo entiendas.
Tanto el real decreto como la normativa 5.1 del reglamento general de vehículos dicen lo mismo.
5.1.- Modificación de las
características del sistema de suspensión o de algunos de sus componentes elásticos.
¿a que se refiere cuando dice características? se refiere a que cuando cambias una pieza, en este caso un muelle, tiene que tener las mismas características que el que pones, las características de un muelle la dan 5 factores.
- altura del muelle
- anchura del muelle
- nº de vueltas del muelle
- grosor de la espira
- características técnicas del material empleado en el muelle.
No hay 2 muelles iguales, cada fabricante varía cualquier parámetro antes dado para conseguir diferentes comportamientos en el vehículo, porque si hicieran un muelle exactamente igual al de origen no tendría ningún sentido ya que sería lo mismo.
Como puedes ver que varíe la altura + o - es totalmente indiferente a la hora de ser reforma 5.1 o no ser reforma, lo que es reforma es cambiar las características técnicas del muelle de origen
Yo en este foro siempre, repito, siempre voy a hablar de la teoría por una simple razón, porque una ITV no es una fórmula matemática de 2+2=4, y como nadie sabe si algo que es reforma va a pasar o no, o se van a dar cuenta o no, nunca nadie podrá afirmar que pasa seguro algo que es reforma. Yo mismo he pasado con mi vehículo algo que era reforma en ITV y no por eso le voy a decir a todo el mundo que vaya con eso puesto que no pasa nada, porque estaría diciendo algo que no se si se va a cumplir como en mi caso.
Podemos discutir todo lo que quieras pero nunca afirmes cosas que no sabes porque se puede llegar a confundir a la gente.
Un saludo