Multa radar furgoneta

David-AC

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Me acaba de llegar una notificación de denuncia para que identifique al conductor (trabajador de mi empresa) por ir a 161 km/h en una autovía. El vehículo es una Peugeot Partner, y como sabreis la velocidad máxima permitida de las furgonetas en autovía es de 100 km/h, por lo que el importe de la multa es de 300 euros. Mi gran duda es si implica retirada del carné, ya que en la notificación no pone nada. ¿Qué hago identifico al conductor con el riesgo de que le quiten el carné o paso de identificar al conductor y pagamos los correspondientes 300 euros?

Por otro lado, en la "clase" de vehículo pone "camión", ¿no está mal esto?
 

RANDALF44

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No tengas duda: Paga y olvidate de dar nombres o vas a tener al empleado parado un par de meses.
Un saludo.
 

Gus

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Soy de la misma opinión. Lo de "camión" es sin duda un argumento pillado por los pelos pero por recurrir que no quede...
 

David-AC

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Gus dijo:
Soy de la misma opinión. Lo de "camión" es sin duda un argumento pillado por los pelos pero por recurrir que no quede...

¿Entonces recurro (sin identificar al conductor, ¿se puede? ) o mejor pago y me olvido?
 

Landokalrisian

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Pues por 300 € puedes pagar y olvidarte, aunque por poner CAMION puedes jugártela, yo conozco gente que ha conseguido que le quiten multas por poner mal el color del coche en la denuncia... eso sí, no se si no vas a tener que identificar al conductor para hacer el recurso.
 

jtssystems

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Para hacer el recurso hay que identificar al conductor (lo he sufrido yo mismo esta semana pasada).

Yo pagaba los 300€ y se los pedia al conductor correspondiente y no recurria nada para no tener al "fitipaldi" parado.
 
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tienes que identificar al conductor sino aparte de los 300€ te vendra otra multa de 600€(por no identificar al conductor)
 

fontazones

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fmuniz dijo:
tienes que identificar al conductor sino aparte de los 300€ te vendra otra multa de 600€(por no identificar al conductor)

Error, la multa de no identificar anula la de velocidad.
 

David-AC

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Acabo de llamar al seguro y me dicen que si no identifico al conductor, entonces la responsabilidad recae sobre el administrador de la empresa y en el caso de que implicase retirada de carné, sería a dicho administrador...
 

Gus

Tali-bahn
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Comoooooooooooooooo? :eek:

Primera noticia, que tiemble el administrador de Prosegur :descojon: Y si no tiene carnet le retiran el del Depor? biggrin
 
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Raulro

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Tengo entendido que todas las empresas que disponen de coches de empresa deben disponer del recorrido de sus vehículos y de quienes lo conducen, por lo que podrían solicitarte tal documentación en caso de negarte a facilitar el nombre.
 

ElTorpedo

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David-AC dijo:
Acabo de llamar al seguro y me dicen que si no identifico al conductor, entonces la responsabilidad recae sobre el administrador de la empresa y en el caso de que implicase retirada de carné, sería a dicho administrador...
Eso es cierto... Solo se libraria en caso de ser una S.A. pero aun asi... siendola.... El gerente seria el que se hace responsable. Y con todas las consecuencias.
 
R

Raulro

Invitado
ElTorpedo dijo:
Eso es cierto... Solo se libraria en caso de ser una S.A. pero aun asi... siendola.... El gerente seria el que se hace responsable. Y con todas las consecuencias.
Por eso comentaba que es imprescindible que las empresas lleven un control de los conductores de los coches..., por el bien del administrador. :rolleyes:
 

Juan Mateo

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no te compliques la vida, el que la hace la paga y no creo que estés obligando a tus trabajadores a circular a 161 km/h. con una furgoneta... ¿o sí? Por cierto, será HDi porque las atmosféricas... jeje, te serviría para el recurso si fuera una atmosférica decir que no llegan a eso. Yo he visto en un libro una foto rádar a un burro que circulaba a 101 km/h. jajaja. Creo que lo adecuado es identificar al conductor y a partir de ahí pasar la pelota a su tejado. Si le quitan el carnet habría que ver qué se le puede aplicar legalmente a él, porque va jugándosela, poniendo tu empresa en mal lugar, a riesgo de liarla y encima ahora no va a estar cobrando sin currar, digo yo. Si tienes para él un puesto que no necesite carnet bien, si no tienes que mirar qué puedes hacer pero en principio yo lo identifico y luego él que recurra o haga lo que le de la gana.
 

David-AC

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Juan Mateo dijo:
no te compliques la vida, el que la hace la paga y no creo que estés obligando a tus trabajadores a circular a 161 km/h. con una furgoneta... ¿o sí? Por cierto, será HDi porque las atmosféricas... jeje, te serviría para el recurso si fuera una atmosférica decir que no llegan a eso. Yo he visto en un libro una foto rádar a un burro que circulaba a 101 km/h. jajaja. Creo que lo adecuado es identificar al conductor y a partir de ahí pasar la pelota a su tejado. Si le quitan el carnet habría que ver qué se le puede aplicar legalmente a él, porque va jugándosela, poniendo tu empresa en mal lugar, a riesgo de liarla y encima ahora no va a estar cobrando sin currar, digo yo. Si tienes para él un puesto que no necesite carnet bien, si no tienes que mirar qué puedes hacer pero en principio yo lo identifico y luego él que recurra o haga lo que le de la gana.

No obligamos a ir a 160 ni nada, de hecho la empresa es de montajes industriales y no está relacionada con el transporte, lo que ocurre es que a ver quien es el que aguanta 500 kms a 100 km/h por autovía... Simplemente busco la forma de salvar el carné a este trabajador siempre y cuando no perjudique a la empresa ni al administrador, claro.

Por cierto es la HDi :guiño:
 

ReZn0r

//Mmmmmmmmm
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No creo yo que se pueda retirar el carnet al administrador.....
 

Gavira

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El administrador paga la multa y las cuantías.
Pero de ahí a quitarle el carnet, nones ;-)
 

David-AC

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ReZn0r dijo:
No creo yo que se pueda retirar el carnet al administrador.....

Sinceramente tampoco me fio al 100 % de lo que me dijo la chica que me atendió por tlf del seguro (dpto jurídico de winterthur). Pero tiene más sentido esto que pagando 300 euros por no identificar al conductor se solucione lo de la retirada, al fin y al cabo las sanciones de tráfico son para los conductores, no para los titulares de los vehículos y los administradores son los responsables subsidiarios de la sociedad. Fijaos que hasta hace poco era obligatorio parar al conductor para notificarle la denuncia y que hoy en día ya no es necesario, no creo que la DGT dejase las puertas abiertas a un "fraude" tan fácil de hacer.
 

ReZn0r

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David-AC dijo:
Sinceramente tampoco me fio al 100 % de lo que me dijo la chica que me atendió por tlf del seguro (dpto jurídico de winterthur). Pero tiene más sentido esto que pagando 300 euros por no identificar al conductor se solucione lo de la retirada, al fin y al cabo las sanciones de tráfico son para los conductores, no para los titulares de los vehículos y los administradores son los responsables subsidiarios de la sociedad. Fijaos que hasta hace poco era obligatorio parar al conductor para notificarle la denuncia y que hoy en día ya no es necesario, no creo que la DGT dejase las puertas abiertas a un "fraude" tan fácil de hacer.

Vamos a ver. Lo que han hecho con lo de no tener que parar al infractor es ahorrarse que se escapen algunos como pasaba antes. El problema viene por el hecho de que no te pueden sancionar por ninguna falta que no tengan constancia que hayas cometido (el exceso de velocidad en este caso) debido a la presunción de inocencia. Para arreglarlo, obligan al propietario del vehículo a identificar al conductor en el momento de la foto. Si no lo identificas te denuncian por no identificarlo y la multa del exceso de volocidad no la paga nadie... porque no se sabe quien la cometió. POr ello tampoco te pueden retirar el carné, ya que la sanción por no identificar al conductor no accarrea esa suspensión....
 

ivan320d

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si tienen foto nada de nada, pero si es una denuncia sin foto , con lo de camion puedes desmantelar la multa y ni 300€ ni carnet, se puede alegar que tu "furgoneta" no realizo esa ronda ese dia, ya que a ti te llega una denuncia de un camion y no coincide con la descripcion de una furgoneta, a mi me quitaron una multa por que identificaron mal mi coche y pisieron que era un audi de color oscuro, imaginate si me ponen furgoneta, me terminan pagando ellos a mi una cena. recurre si no tienen foto
 

ElTorpedo

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Hoy en dia hay contratos de tansportistas o similares(vamos... que tienes que conducir) incluso repartidores... Que si hay retirada del carnet... Es causa de despido justificada.

Si una furgoneta obviamente tiene un mombre de registro. Si no se identifica al contuctor, La persona fisica que este a cargo del vehiculo es el responsable por no identificar al conductor.
 

jolu10

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ReZn0r dijo:
Vamos a ver. Lo que han hecho con lo de no tener que parar al infractor es ahorrarse que se escapen algunos como pasaba antes. El problema viene por el hecho de que no te pueden sancionar por ninguna falta que no tengan constancia que hayas cometido (el exceso de velocidad en este caso) debido a la presunción de inocencia. Para arreglarlo, obligan al propietario del vehículo a identificar al conductor en el momento de la foto. Si no lo identificas te denuncian por no identificarlo y la multa del exceso de volocidad no la paga nadie... porque no se sabe quien la cometió. POr ello tampoco te pueden retirar el carné, ya que la sanción por no identificar al conductor no accarrea esa suspensión....

Tengo entendido que es tal y como dice Reznor, lo que no estoy seguro es la cuantía que te clavarán por no identificar. Antes eran 300€, pero creo que la querían aumentar a 900€ o más ,precisamente para intentar evitar que no identificar fuera una práctica común para evitar la retirada de carné. Intentaré enterarme de cómo anda con más detalle.

Salu2.
 

saicaman

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Juan Mateo dijo:
Por cierto, será HDi porque las atmosféricas... jeje, te serviría para el recurso si fuera una atmosférica decir que no llegan a eso.QUOTE]

:roll: Y que lo digas las últimas versiones atmosféricas se quedan hasta en las cuesta abajo:descojon: :descojon:

Por cierto el tema de que una furgoneta se matricule como furgón tiene ese inconveniente de que su velocidad sería 100 km/h y eso es algo impensable si la gente está de aquí para allá (tampoco se justifican los 160 si se alcanzasen pero...), en un camión lo entiendo pero en una furgoneta...
 

Miguel Bois

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Pagalo y pideselo a tu colega ya que tu no le obligas a ir a esa velocidad.

S2
 
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