Barras de torretas

Diego335d

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Si le pongo baras al coche...tendre problemas en la itv? hay que homologar??? o es poner y ya esta?
Un saludo gracias.
 

B0rJarZz M.

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Para nada, no necesitas homologar nada ni mucho menos.
 

Diego335d

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B0rJarZz M.;12115701 dijo:
Para nada, no necesitas homologar nada ni mucho menos.

Vale! jajaj gracias! segunda duda...que gano instalando una barra delantera y una trasera?
 

kakao

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dar algo mas de rigidez al chasis...yo pase itv este año con la delantera
 

RoBeRT69

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pues depende de si tienes suspension de serie o algo mas dura.y te pasa sin problemas
 

jaime_491rr

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en caso de poder comprar solo una (al menos por el momento€€&#8364:guiño: cual recomendariais?? la delantera o la trasera? me an dicho que 1º la trasera, e incluso que cambiara las estabilizadoras de ''origen'' por unas mas decentes y nuevas, esque no tengo ni p** idea....
 

Diego335d

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RoBeRT69;12115751 dijo:
pues depende de si tienes suspension de serie o algo mas dura.y te pasa sin problemas

Tengo la suspension de serie...
 

B0rJarZz M.

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La delantera, la trasera apenas se nota, y es siempre mejor unas estabilizadoras que las barras de torretas pero claro, unas estabilizadoras son mucho más caras que una barra de torretas.
 

yeray

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bueno esto es lo que recoge la nueva ley de reforma sobre las suspensiones:

[FONT=TimesNewRoman,Bold]
SISTEMAS DE SUSPENSION:​
[/FONT]
El manual sobre reformas de importancia al describir la reforma Nº9 “Modificación del
sistema de suspensión”, explica que se incluye el cambio o modificación del sistema existente o de
alguno de sus componentes.
Por tanto:
- La sustitución de muelles de suspensión es una reforma de importancia y por lo tanto deben
homologarse. Para asegurarse de que están homologados, deberán llevar un documento
llamado "autorización de reforma de importancia generalizada".
- No es necesario homologar los cambios de amortiguadores, ya que no se considera como
reforma de importancia.
- El cambio del tipo de suspensión, por ejemplo neumática por mecánica, aunque menos​
frecuente, se considera una reforma de importancia Nº9, teniendo que estar contemplada en la TIT
 

RoBeRT69

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yeray;12115844 dijo:
bueno esto es lo que recoge la nueva ley de reforma sobre las suspensiones:

[FONT=TimesNewRoman,Bold]
SISTEMAS DE SUSPENSION:​
[/FONT]
El manual sobre reformas de importancia al describir la reforma Nº9 “Modificación del
sistema de suspensión”, explica que se incluye el cambio o modificación del sistema existente o de
alguno de sus componentes.
Por tanto:
- La sustitución de muelles de suspensión es una reforma de importancia y por lo tanto deben
homologarse. Para asegurarse de que están homologados, deberán llevar un documento
llamado "autorización de reforma de importancia generalizada".
- No es necesario homologar los cambios de amortiguadores, ya que no se considera como
reforma de importancia.
- El cambio del tipo de suspensión, por ejemplo neumática por mecánica, aunque menos​
frecuente, se considera una reforma de importancia Nº9, teniendo que estar contemplada en la TIT

pero estamos hablando de barras,no de suspensiones....
 

B0rJarZz M.

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Hombre, imagino que lo que quería decir, es que las las barras de torretas no están reflejadas como reforma de importancia por lo tanto no deberían tener problema en pasar ITV.
 

RoBeRT69

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B0rJarZz M.;12115951 dijo:
Hombre, imagino que lo que quería decir, es que las las barras de torretas no están reflejadas como reforma de importancia por lo tanto no deberían tener problema en pasar ITV.

pero esque lo de las barras deberian estar reflejadas en otro lado,no en suspensiones,lo que hace es dar rigidez al chasis,no solo a la suspension,es ocmo hablar de barras de refuerzo interiores,vamos,o eso pienso yo......pero sea lo que sea......pasan itv,de eso no hay duda
 

yeray

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B0rJarZz M.;12115951 dijo:
Hombre, imagino que lo que quería decir, es que las las barras de torretas no están reflejadas como reforma de importancia por lo tanto no deberían tener problema en pasar ITV.

Exactamente BOrJarZz, gracias por la aclaracion.

No hay nada en la ley de reformas donde recojan algun apartado sobre barras de suspencion
 

yeray

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Bueno para que se queden mas tranquilos, vamos a aportar lo que se dice sobre las carrocerias.

[FONT=TimesNewRoman,Bold]
RESISTENCIA DE LAS CARROCERIAS:​
[/FONT]
Según el manual de reformas de importancia, la reforma Nº25 define como tal las
“Transformaciones que afecten a la resistencia de las carrocerías o a su acondicionamiento
interno…”, incluyéndose como tales las transformaciones efectuadas en la personalización de la
carrocería.
Por ello no esta permitido:​
- Cortar el capó del vehículo a fin de ponerle en el mismo unas tomas de aire.
En lo concerniente a techos solares practicables, según la Disposición Transitoria de la
Orden CTE/3191/2002 que modifica el Real Decreto 736/1988 Sobre reformas de Importancia, en
tanto no exista un reglamento específico sobre homologación de techos solares practicables, la
instalación de éstos no será considerada como reforma de importancia, siempre y cuando ella no
afecte esencialmente a la resistencia de la carrocería del vehículo.

Esto es lo que figura sobre carroceria ni mas, ni menos.​
[FONT=TimesNewRoman,Bold]


[/FONT]
 

jamescompact

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como te dicen por arriba si solo cambias una cambia la delantera, de todas formas con la suspension de origen apenas notaras el cambio, si llevases suspension deportiva seria mas eficaz

yo la llevaba en el is y en la itv no me dijeron de nada, aun asi es muy facil de instalar por lo que si te ponen pegas o directamente ni te la quieres jugar la desmontas antes de la itv y listo

saludos
 

javier325i

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Yo tengo la de m3 y una de torretas cusco, se nota mucha mas rigidez
 
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