Hasta que en una de esas, zasca. Yo ya llevo dos muescas. Eso si, de esas dos muescas, uno de los que iba por el carril izquierdo a 60, se llevó también la suya, lo cual hizo que me doliera sensiblemente menos la mía. Sobre todo, porque consideré mi multa, como un pase en primera fila, de ver cómo se cepillan al que iba por el carril izquierdo y que pensaba que se iba a ir de rositas (de hecho, pareció que iba a fugarse, pero la GC apretó, se puso delante, y a pasar por caja). A mi se me debió quedar cara de gilipollas, pero al otro, cuando pensaba que "al chulo del BMW de gitanos" se lo iban a crujir, y él se iba a ir de rositas, tuvo que ser monumental.
A esto del antiniebla trasero trasero si es obligatorio o no, como lo se? porque tengo uno sin el , que no lo trae de fabrica viene de canada el coche, ha pasado itv aquí en españa desde hace ya tiempo pero claro a ver si ahora me toca a mi pringar....yo tenia entendido que si que era obligatorio. A lo del compañero pues suerte y la próxima vez apagalos nada mas verlos
Sé a lo que me expongo, pero me niego a tener que estar parado detrás de subnormales estando el carril derecho libre. Y también me niego a tener que estar haciendo zigzag porque yo vaya circulando por el derecho y haya uno por el carril central. Como comprenderás, no me apetece tener que cruzarme los 3 carriles, adelantarle por el izquierdo y volver a cruzarme los 3 carriles. Lo que sí hago muchas veces es que a todo el que voy adelantando por el carril derecho le meto una buena pitada
Si vino de Canadá, hubo homologacion individual, y si la empresa que está contratada por el gobierno, puso que así el coche esta bien, esta bien y au, aún así, me extraña no tuvieras que cambiar los faros, he matriculado dos coches estado unidenses y en ambos, he tenido que cambiar faros e intermitentes para homologarlo. No seré yo quien ponga de entredicho lo ocurrido con los agentes, pero te diré algo como agente que soy, el tema de los antinieblas lo tienes ganado, siempre y cuando sean delanteros, como muy bien te dicen más arriba, es más, la denuncia esta mal redactada, no quiero entrar en más detalles, pero con un leve matiz no te hubieras librado, pero como falta ese matiz, la tienes ganada. Ahora bien, el tema del vinilo, olvídate, pasa por caja y listo, y si no sabes como plantear el recurso, me mandas un privado y te lo hago. Lo que sinceramente no acabo de ver, es que alguien de tráfico diga que se pasa tu recurso por el forro, de veras, a día de hoy lo veo prácticamente imposible, que no digo que no haya retrasados ((que los hay y muchos)), pero los de tráfico están muy curtidos en esto, no cometen ese tipo de errores que les pueden salir muy muy caros, son más de decir, si quiere recurrir, ahí tiene toda la información, muchas gracias y ya le doy yo paso, continúe....
A mi me entra una mala ostia cada vez que veo a alguien por el carril izquierdo a velocidades de abuela, sin ser una abuela, que me comen los putos demonios......
Ya somos dos. Te juro que me dan ganas de sacarles de la carretera Dicho esto, ya podría la Guardia Civil multar más por estos motivos, porque muchos días les veo circulando y no dicen ni mu. Ya que no multan, que al menos den un toque de atención. Pero claro, cómo van a multar por eso si muchas veces son ellos los primeros que no circulan por la derecha...
Esta mañana de camino al trabajo vi un mazda 3 de los antiguos con las luces de cruce en azul , pero no tono azulado sino azul que me dije pero esto que c**o es? alumbraban mas las de posición que eran blancas que las de cruce en azul ....
Tendría que buscar la normativa. Hace tiempo antes me la sabía de memoria, pero me he desconectado mucho de esas cosas y no me acuerdo bien. Como curiosidad, en verano del año pasado, pasé la ITV al 323i (E36), que no le funciona el antiniebla trasero... como 6 años, y la ha pasado siempre sin problemas, y el pasado diciembre, pasé la ITV a un Renault Megane II del 2004, y me tiraron porque no le funcionaba el antiniebla trasero. Esto es, en una ITV, es falta leve, y en otra, el mismo problema, es falta grave. Dicho esto, lo principal para pasar la ITV, es que todo lo que tengas, funcione y funcione bien, porque nunca sabes el criterio que van a tener.
Hombre viendo la denuncia (a parte que la veo mal redactada y no la termino de entender) me da a mi que por algo más te pararon. Es triste pero un Seat Leon a manos de un jóven es carne de cañón para los agentes de tráfico. Yo la pagaría sin más, son 100€ pero me quedaría con la cara del agente para futuras coincidencias.
Los faros antiniebla no necesitan homologación, sólo hace falta que sean antiniebla amarillos o blancos da igual y que se pongan a la distancia legal
Lamento decirte que aunque te han multado por una soberana gilipollez y la actitud, por lo que cuentas, es de bastante tontainas la multa esta bien puesta: A/ Los antinieblas, ahora llamados faros cuneteros, solo se permiten en días con climatología adversa o en circulación por carreteras secundarias con curvas y señal de tramo de peligro (desconozco si esta lo era). b/ Los faros cuneteros de color amarillo selectivo solo estan permitidos en coches pre 1992 o 93 (no recuerdo) y posteriores si ya estaban homologados en ficha antes de una fecha en la que se prohibió homologarlos más. Como en la ficha técnica no los tienes y es un Leon, muy posterior a ese 92 o 93, pues la multa por ese lado también esta bien. ¿Qué la multa es excesivamente rigurosa? Pues si y las formas las peores, también, pero legalmente esta justificada pese a ser una tontería que no molesta a nadie como si otras cosas como la misma antiniebla trasera encendida siempre . Por otro lado decir a @Pepe Pótamo que llevar antiniebla trasero es obligatorio llevarlo, de fabrica, desde mediados/finales de los 80s aunque basta con tener uno en el lado izquierdo. Los coches anteriores a esa fecha deberán llevarlo también para ser rematriculados (salvo VH) o si originalmente salió de fabrica con él. (Por lo que la única forma de poder llevar legalmente un coche sin antiniebla trasero sería tener un coche previo a que obligasen montarlo de fabrica en los 80s y que el que lo matriculó no lo tuviese puesto entonces). Por otro lado desde ese año 92 o 93 estan prohibida la iluminación delantera de otro color que no sea blanco (por eso también es legal los intermitentes fijos en amarillo auto como los coches americanos). Por lo que los faros "auxiliares" o "cuneteros" (ya no son llamados antinieblas) solo pueden ser blancos y solo figuraran en la ficha técnica ampliada. Dicho esto la única opción para llevar antinieblas (luces amarillo auto) es que el coche saliese con ellas de origen (antes del 92 o 93) o que hubieran sido puestas a posteriori y homologadas cuando aun se podía homologar eso (dejo de poderse hacer hace unos años). PD: Esto no me lo contó el primo de ningún cuñado, ni un compañero de gimnasio ni un técnico de la ITV ni un GC (siendo estos dos últimos personas que como lo que dicen va a misa, dicen lo que quieren) sino que he tenido que documentarme LEGALMENTE bastante porque he llevado una reclamación por este tipo de iluminación (En un R19). Un saludo
"Los antinieblas, ahora llamados faros cuneteros, solo se permiten en días con climatología adversa por Lluvia (no en niebla) y en circulación por carreteras secundarias con curvas (desconozco si esta lo era)." @Eddie27, de dónde has sacado esto? No tenía ni idea que con niebla no se puedan llevar los antinieblas y nunca por autovía, p.e.?
Pues esta en la ley, creo que es el artículo que le citan, asi que voy a revisarlo y te lo pego. Lo de faros cuneteros o auxiliares es un tecnicismo que se aplica ahora para evitar llamarlos antinieblas puesto que los delanteros no se pueden poner con la niebla y seria un tanto extraño. Un saludo
@RED VELVET Reglamento de seguridad vial, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, artículo 106: La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos (niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga) o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149. Veo que ya esta incluida la niebla, debe ser un cambio reciente (ahora veo que en 2013 se añadió el "o" y la lluvía) ya que hace menos de un par de años la niebla no se contemplaba como opción. Ya edite el post original para no llevar a nadie a error. Un saludo
Es decir, a no ser que vaya subiendo a Grazalema o en un viaje por tu tierra a visitar Covadonga, la manecilla del antiniebla delantero quietecita? Pues no he puesto yo veces "todos" los antinieblas cruzando la provincia de Lugo en mis rutas veraniegas... De las que me he librado
Se meten bastante con ello aqui en Asturias y como no hay nada de seguridad juridica en cuanto a eso yo ya opto por no ponerlas, de hecho en dos ocasiones me apercibieron de que era multable llevarlos. Un saludo
@Eddie27, vamos a liar la norma todavía más o más bien su aplicación. Cómo soy inquieto de mente por naturaleza y me ha surgido la duda, aproveché el último paseo de hoy de mi perrita (ella me saca a mi ) y he ido al coche para comprobar una cosa. Y efectivamente, lo que creía. Mi E39 tiene el selector de antinieblas con la primera posición para los delanteros y la segunda para los traseros. Y si desconecto lo hago sobre ambos. Es decir, no puedo conectar "solo" los antiniebla traseros. Supongo que igual que otros modelos.
No me negarás que algunas de las cosas que se deben homologar son un poco chorrada. Ejemplo: Kit a admisión directa. Eso no molesta a nadie, como mucho le cuesta la pasta al que lo monta. Y sin embargo... es reforma de importancia!
Hay algún e39 así, son importados pero han de tener, como así es en el 90% (lo raro es como el tuyo y pueden darte problemas) las tres posiciones (otra cosa que la itv se entere) Anecdota: en casa hemos tenido durante más de una década varias fiat scudo comercial (pasan itv cada 6m desde los 10 años) y estas vienen con focos antiniebla traseros a ambos lados pero el derecho es de adorno al no ser obligatorio. Pues en una Itv el operario se empeño en que si no lucían ambos no pasaba y pese a enseñarle el piloti que no tenía ni hueco en la chapa insistió que si había cristal tenia que lucir (toco ñapa al canto) y mientras tanto las otras llevan unos 7 años pasando En El mismo sitio la ITV sin la del lado derecho y jamás han dicho nada, solo con esa. Lo que dice la ley y lo que aplican itv y gc hay un trecho lo que no quita que hay casos claros cómo este donde es un coche de los 00s con iluminación delantera amarilla sin homologar, poco que rascar. Un saludo
Para una moto, al menos, si necesitas que estén homologados. De lo contrario té toca desmontarlos para pasar la ITV Es más, los faros normales si no llevan el código de homologación te pueden tirar si se dan cuenta en la ITV, lo digo por experiencia propia en faros de serie de un vehículo de importación paralela.