Noticia Una tía (al parecer Policía Municipal de Madrid) le raya el coche a propósito a Nacho Abad, y la pillan (by Tesla)

otorre

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Alguien que se supone debe velar por los ciudadanos y sus propiedades haciendo esto...
Patada y a la p*ta calle
Yo también creo que es lo lógico pero me temo que no será lo legal, veo difícil que conlleve pérdida de la condición de empleado público. Tendría que ser alguna falta muy grave en el ejercicio de sus funciones o una condena que lo recogiera así o que la metiera en prisión (y a veces ni con esas).
 

C0BRA

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Yo creo que se tendrá que buscar otro trabajo básicamente porque con las grabaciones y la correspondiente denuncia (sería tonto el perjudicado si no la pone) ahí hay claramente un delito menos grave de daños (a falta de peritaje,arreglar esos arañazos van a superar con creces los 400 euros) y finalizado el juicio,le caerá una condena con la que seguramente no pisará la cárcel (menos de 2 años) pero sí le acarrearán antecedentes penales por delito doloso,con lo que eso conlleva a los miembros de las ffccs.
 

E. Gonzalo

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sí le acarrearán antecedentes penales por delito doloso,con lo que eso conlleva a los miembros de las ffccs.
Pregunta un poco OFF-TOPIC. Con antecedentes penales no podrías opositar a policía, guardia civil, juez... etcétera, supongo.
Pero siéndolo ya, ¿qué efectos podría tener?
El daño reputacional ya esta hecho porque sus compañeros y jefes fijo que la conocen. Otra cosa es que la tia si hace bien su trabajo y está bien considerada no de motivos como para medidas disciplinarias.

Pregunto con curiosidad y desde la más absoluta ignorancia...
 

C0BRA

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Pregunta un poco OFF-TOPIC. Con antecedentes penales no podrías opositar a policía, guardia civil, juez... etcétera, supongo.
Pero siéndolo ya, ¿qué efectos podría tener?
El daño reputacional ya esta hecho porque sus compañeros y jefes fijo que la conocen. Otra cosa es que la tia si hace bien su trabajo y está bien considerada no de motivos como para medidas disciplinarias.

Pregunto con curiosidad y desde la más absoluta ignorancia...

La reputación que tenga laboral o personal la desconozco pero intuyo que,ostentando el cargo que tiene y sabiendo lo que hizo solo porque el agraviado no es de su misma ideología (eso creo yo),miedo me daría tenerla cerca.
En cuanto al régimen sancionador interno,que desconozco,no creo que le pase nada siempre y cuando no estuviese de servicio,que a lo mejor salta la liebre,pero vamos,que si la condenan,debería perder el trabajo.
 

ferrom333

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Si no me equivoco el régimen disciplinario de las policías locales viene regulado en la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, un policía local condenado por delito doloso podría enfrentarse al artículo 7b de esa ley orgánica en el se habla de las faltas muy graves y dice textualmente, "Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas", por otra parte el 8y se refiere a las faltas graves y dice "Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso, siempre que no constituya infracción muy grave, o por una falta dolosa cuando la infracción penal cometida esté relacionada con el servicio".
Las posibles sanciones a las que se enfrentarían los policías locales vienen recogidas en el artículo 10 y serían:

1. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas muy graves son:

a) La separación del servicio.

b) La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años.

c) El traslado forzoso.

2. Por faltas graves podrá imponerse la sanción de suspensión de funciones desde cinco días a tres meses.

3. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas leves son:

a) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.

b) El apercibimiento.
En todo caso siempre debe respetarse la presunción de inocencia lo cual es obvio mientras no exista condena, además entiendo que si cometen un delito no relacionado con el servicio no se les puede sancionar.
 
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Garvan90

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A empujar el carrito y barrer calles directo, anda que no hay gente que se merezca su puesto y su sueldo. Atpc.
 
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