Seguro balumba economico

Tema en 'Serie 1 (E81/E82/E87/E88) (2004-2011)' iniciado por Lok, 2 Feb 2008.

  1. Lok

    Lok Guest

    Pues eso, que buscando i rebuscando para los menores de 25 takos balumba ofrece el seguro claramente mas barato, alguien lo tiene con ellos??

    Que opinais??? Hay algun problema con el tema que os tengan que enviarlo... y ke os llegue el seguro al mail...

    Esque al no estar en un lugar tangible, da un poko de respeto.
     
  2. Daniel copman

    Daniel copman Forista

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    Mi hermana tiene un prius y tiene asegurado el coche en balumba, y le sale muy barato, peroooooooooo. TIENE QUE PAGAR ELLA EL ARREGLO Y LUEGO SE LO INGRESA BALUMBA EN SU CUENTA, mal rooooooollo.
     
  3. manu t

    manu t Guest

    Yo de momento con clickseguros bien. Una asistencia en carretera de mi hermana correcta, tenemos todos los coches ahí metidos, sale tirado de precio...
     
  4. JoseDG

    JoseDG Forista

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    yo tengo mapfre pero cuando haga el año me pondre balumba o alguno asi.
     
  5. Nahuel7

    Nahuel7 Guest

    alguno a tenido algo estando asegurado con balumba?
    como han respondido?
     
  6. Vallekano

    Vallekano Forista

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    Yo busque informacion de ese seguro por foros y no hablaban bien de el...
     
  7. johanson

    johanson Forista Legendario

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    yo no me cambiaria de mapfre es la mejor aseguradora y nunca vas a tener un problema con ellos.yo siempre he estado con mapfre y un par de años me cambie a otra q salia un poco mas barata y me dieron x detras y mi seguro ni pidio indemnizacion al seguro del coche que me dio tuve q ir yo a reclamarles asta q consegui el dinero,despues de eso volvi a mapfre y no creo q me cambie otra vez
     
  8. Maxymo

    Maxymo En Practicas

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    yo lo mire en balumba y no es tanta la diferencia con otra compañia de 2 nivel
     
  9. Gagarin

    Gagarin Guest

    Yo tengo balumba y pago 790€ por un 130i, de momento ningun problema
     
  10. catalins

    catalins Guest

    gagarin,ningun problema = a ningun parte?

    por que si es así todos los seguros son buenisimos. jeje
     
  11. johanson

    johanson Forista Legendario

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    exacto no se podria decir mejor :)
     
  12. catalins

    catalins Guest

    y a tocar maderaaaaaaaaaaaaaaaaaa!!
     
  13. arraez

    arraez Guest

    eso, que no pase nada!!!!! y mas con un 130i!!!

    Saludos.
     
  14. JoseDG

    JoseDG Forista

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    a mi lo que no me mola de balumba, q si pegas un porrazo, te tienes q pagar el arreglo y luego te lo ingresan....:flip:
     
  15. arraez

    arraez Guest

    ¿¿¿te lo ingresan, o te lo "ingresan"???

    Porque, y si luego no están de acuerdo con el parte, y la reparación? que pasa? que lo pago yo???

    Y para que tengo un seguro??

    Saludos.
     
  16. Cases

    Cases Forista

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    con franquicia o sin franquicia?

    Por que si es con franquicia es lo normal.
     
  17. Gagarin

    Gagarin Guest

    Me refiero obviamente a que no hay ningun tipo de problema con el seguro, las clausulas y todo no vi nada raro, eso de que lo tienes que pagar tu y luego te lo ingresan no lo se.
     
  18. lr_war

    lr_war Guest

    CLÁUSULAS LIMITATIVAS
    Primera. Quedan excluidos tanto los daños sufridos en el vehículo asegurado como los causados por el vehículo asegurado en las modalidades de responsabilidad
    Segunda. Queda pactado que en caso de pérdida total que afecte al vehículo asegurado por las garantías de robo, incendio o daños propios,se indemnizará al
    asegurado con cantidad equivalente al valor venal del vehículo en la fecha del accidente, salvo que el hecho se produzca dentro del plazo un año para el caso de robo
    y de dos años para el resto de supuestos aquí contemplados, desde la fecha de matriculación, que se le indemnizará conforme al valor de nuevo del vehículo. Tendrá
    condición de pérdida total cuando el importe de la reparación sea superior o igual al 75% del valor venal del vehículo.
    CLÁUSULAS ESPECIALES
    PRIMERA: En virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1995, le informamos que UNESPA - Unión de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, ha creado el Fichero
    de siniestralidad histórico de Seguros de Automóviles para la tarificación y selección de riesgos, constituido con la información aportada por las Entidades
    Aseguradoras. En consecuencia, el asegurador, cederá los datos de los últimos cinco años, sobre su contrato de seguro de automóvil y, si los hubiere, los siniestros
    vinculados a éste. Si desea ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición deberá dirigirse a TIREA C/ García de Paredes Nº 55, 28010 de
    Madrid, identificándose mediante DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
    SEGUNDA: Le informamos que sus datos de carácter personal, necesarios para la realización del contrato, han sido incluidos y serán tratados en un fichero de AICL,
    Sucursal en España para el cumplimiento del contrato, prevención del fraude, estudios estadísticos, selección del riesgo, gestión de los siniestros, realización de
    encuestas y adecuación de las ofertas comerciales a su perfil particular, así como para enviarle, aún después de terminado el contrato, información, publicidad y
    ofertas comerciales de AICL, Sucursal en España.
    El titular presta su consentimiento al tratamiento de sus datos en los términos descritos, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
    oposición por escrito remitido a AICL, Sucursal en España en C/ Rioja 13, 41001, Sevilla. Si no desea recibir información comercial, indíquenoslo en la misma
    dirección.
    El titular presta igualmente su consentimiento para la cesión de sus datos a las entidades pertenecientes al grupo ADMIRAL, así como a entidades participadas o
    colaboradoras para el envío, aún después de terminado el contrato de seguro, de información, publicidad y ofertas relacionada con productos y servicios
    aseguradores, financieros y del sector automovilístico. Si no desea que sus datos sean cedidos conforme a este párrafo hágalo saber en la anterior dirección.
    TERCERA: Los conflictos que puedan surgir en torno a este contrato de seguro se resolverán por los jueces y tribunales competentes, de acuerdo a la legislación
    vigente y en especial a los artículos 38, 39 y 104 de la Ley de Contrato de Seguro y al artículo 61 de la Ley de Ordenación y Supervisión de seguros privados.
    De acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o
    derechohabientes de cualquiera de ellos se consideran interesados para formular reclamaciones en relación con este contrato ante el servicio central de
    reclamaciones de la compañía y ante el departamento de consultas y reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
    Asimismo, podrán someter voluntariamente sus divergencias a la decisión arbitral en los términos del artículo 31 de la Ley General para la Defensa de los
    Consumidores y Usuarios 26/1984 de 19 de julio y normas de desarrollo de la misma.
    CUARTA: El tomador del seguro declara haber recibido a satisfacción información relativa a este contrato de seguro, a su derecho de rescisión, a la legislación
    aplicable, instancias de reclamación, el Asegurador y su domicilio y el órgano de Control, en esta fecha y con anterioridad a la celebración del contrato.
    Hecho por duplicado y a un solo efecto en Sevilla a 30/08/2007
    Aceptamos el contrato en todos sus términos Aceptado el contrato en todos sus términos
    Directora General AICL, Sucursal en España Fdo: Paul Urdea
    civil obligatoria, así como todas las voluntarias, en los siguientes supuestos:
    1) Los siniestros o daños que no consten expresamente como cubiertos en la póliza.
    2) Los siniestros o daños ocasionados cuando el vehículo asegurado sea conducido por una persona menor de 25 años de edad, que no esté expresamente
    designado en las Condiciones Particulares, o por persona no habilitada legalmente para conducir.
    3) Aquellos accidentes que se produzcan hallándose el conductor en estado de embriaguez (cuando supere los límites legales vigentes de alcoholemia) o bajo los
    efectos de drogas, tóxicos, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
    4) Los siniestros o daños producidos por la participación del vehículo asegurado en apuestas o desafíos, carreras, pruebas de velocidad o concursos y pruebas
    preparatorias de los mismos o en actos notoriamente peligrosos o criminales.
    5) Los producidos por el vehículo en el desempeño de labores agrícolas o industriales, o de transporte de personas o cosas con carácter comercial, así como
    consecuencia de la circulación del vehículo por vías o terrenos no aptos para circular.
    6) Los producidos con infracción de las obligaciones de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo, así como si el vehículo no se encontrase en
    condiciones de circular, así como cuando se infrinjan las disposiciones reglamentarias en cuanto a requisitos y número de personas transportadas, peso o medida de
    lo transportado o forma de acondicionarlo.
    7) Los daños producidos como consecuencia de la utilización del vehículo como instrumento para la comisión de delitos.
    8) Los producidos por la circulación del vehículo en el interior de recintos de puertos o aeropuertos.
    9) Los producidos por riesgos inherentes a la actividad de comerciantes de vehículos.
    10) Los siniestros o daños causados con mala fe del asegurado o conductor autorizado por él, así como si incurre en falsedad intencionada o simulación en la
    declaración de siniestro.
    11) Los siniestros o daños provocados intencionalmente por asegurado, tomador, propietario del vehículo o conductores declarados, salvo que el daño haya sido
    causado para evitar un mal mayor.
    12) Cuando el conductor del vehículo asegurado causante de un accidente fuera condenado como autor del delito de omisión del deber de socorro.
    13) Los daños en el vehículo asegurado que se deban a vicio o defecto propio de la cosa asegurada o su falta de mantenimiento.
    14) Los siniestros o daños causados por carburantes, esencias minerales y otras materias inflamables, explosivas o tóxicas transportadas en el vehículo asegurado,
    aunque se hubiesen producido como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
    15) Daños procedentes directa o indirectamente de guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (declaradas o no), guerra civil, rebelión, revolución,
    insurrección, poderes militares o golpes de estado, confiscación, nacionalización, incautación, destrucción o daños a bienes por cualquier Gobierno, autoridad pública
    o local o en virtud de órdenes suyas.
    16) Los siniestros, daños, destrucción o perjuicios o cualesquiera bienes o pérdidas o gastos resultantes o derivados de ello o cualesquiera daños consecuenciales o
    responsabilidades legales de todo tipo directa o indirectamente causados o procedentes de radiaciones ionizantes o contaminación radioactiva de cualquier
    combustible nuclear o residuos de combustibles nucleares.
    Todo ello, sin perjuicio del derecho de repetición que tiene el asegurador.
    Tercera. Daños pre-existentes: Quedarán excluidos, en cualquier caso, todos los daños producidos con anterioridad a la fecha de efecto de la presente póliza.
     
  19. arraez

    arraez Guest

    a ver, mientras no haya problema, y te lo ingresen todo lo que tu has pagado, Perfecto!

    Eso habrá que verlo!!

    Saludos.
     
  20. arraez

    arraez Guest

    A mi es que me salía más caro que Mutua Madrileña...así que allí estoy.

    Saludos.
     
  21. pUllastre

    pUllastre Clan Leader

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    yo pago menos de 500 con 27 y 9 de carnet, 120d 163cv

    sin problemas. y no espero tener que usarlo.

    mapfre lo tengo en la moto y ME DIO POR EL CULO UNA VEZ DE UNA FORMA MUY MALA... la segunda, se han portado bien y me han pagado 5400€ de la reparación de la moto, más baja de un mes, más 1800 de mono casco botas y guantes. pero la culpa era muy clara del contrario. pero no he adelantado ni un duro.
     
  22. aliweioo

    aliweioo Forista

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    oi en un programa de radio, que hace 2 años atras habia mas de 600 aseguradoras, a dia de hoy kdam menos de 300 ... todas las k han tenido que cerrar son de "bajo Coste"... yo no me fiaria.. pagas todo un año y cierran...
     
  23. morenno

    morenno Forista

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    como es eso de que en balumba tienes que pagarte tu primero el arreglo?yo po ahora pondira ahi el seguro,almenos los dos años que me quedan para los 25,y seria a todo riesgo sin franquicia.
    yo lo que digo es que si doy un golpe no quiero ponerlo primero de mi bolsillo,porque si ahora soy un golpe y no me puedo pagar el arreglo que hago,quedarme sin coche hasta qu ellos digan de arreglarlo?entonces para que quiero un todo riesgo.
     
  24. yryflow

    yryflow Guest

    yo balumba ... me salia mucho mejor de precio 900 al año. Con coche nuevo soy el que menos pago de mis colegas.
     
  25. yryflow

    yryflow Guest

    tu tranquilo que n mapfre/allianz me cobraban 2500 ... no se si podria dormir bien...
     
  26. TaRiKo

    TaRiKo Forista

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    yo tb estoy con balumba... me salio por 1100 a todo riesgo.

    el segundo mas barato eran unos 1600.
     

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