Bueno, pues nada, ha llegado el dia, que he tenido que prorrogar la baja temporal de uno de los coches que tengo. El resto que tengo de baja, son anteriores a esta norma, y en principio, no hay que solicitar esa prórroga. He hecho estos trámites online. En la web pone claramente "La prórroga podrá solicitarse hasta 2 meses antes de la finalización de la baja actual y aumentará en un año la vigencia de la baja desde el final de la baja inicial, no desde la presentación de la prórroga. Es decir, no se recortarán los días en los que hayas adelantado la presentación de la prórroga al fin de la baja". Pues bien han pasado unos dias, y me han contestado que: - "no es posible realizar el trámite por los motivos indicados en el oficio adjunto" - "Analizada la misma, le informamos que el vehículo ya consta dado de baja en el Registro de Vehículos" Me asalta otra duda, me devolverán los 8,67 euros que me han cobrado por su incompetencia...
Ya me han aclarado en tráfico. Aunque el año pasado, me dijieron en oficina de dgt cuando hice esa baja, que era solo para un año, y tenía que ir renovando. Ahora me dicen, que la ley salio en Abril de este año, asique los que pedimos esa baja anterior a esa fecha, la tenemos ilimitada en el tiempo. Eso sí mis 8,67 euros se los quedan, paso de reclamar, ya me llevo una buena noticia.