Mal estacionado no está, se trata de un vehículo oficial que puede estacionar, sin crear situación grave de peligro, en el lugar en el que sea necesario para las necesidades del servicio, según el art. 68.1 del RGC, que dice textualmente lo siguiente:
Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.