Duda DUDA IMPORTACIÓN ALEMANIA

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por salveta.10, 6 Sep 2023.

  1. salveta.10

    salveta.10 En Practicas

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    Buenas chicos, tengo una duda sobre la importación de coches en Alemania, el caso es que voy a comprar un coche en un concesionario y lo que no tengo claro aún es el tema del IVA. Lo que sé es que en España tengo que presentar una factura de venta del vehículo que compre (si es de concesionario, en este caso lo es) con el IVA alemán pagado reflejado en la factura. El concesionario me dice que no, que ese coche no paga IVA, y me pone en el contrato no sé qué de §25a que me dice que eso es como si fuera y el IVA y que no voy a tener que pagar nada más ni en Alemania ni en España. Alguien puede explicarme esto? Me va a tocar pagar algo al matricular en España? Me van a poner pegas? MUCHAs GRACIAS. PD: compró como particular.
     
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  2. Till

    Till Pionero lavadoril

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    Como particular ENTIENDO que no te descuentan el IVA, salvo que lo lleves fuera de la UE (como fue en mi caso porque vivo en Suiza).
    El único caso donde parece que no aplica para personas privadas (que no jurídicas o empresas) es en coches nuevos. Mirate esta página y tradúcela al español, a ver si te orienta:

    https://tarneden.de/autokauf-autoex...ich, dass das,den Autokäufer zurück zu zahlen.

    En el punto 1.a habla de tu caso.

    Luego ya los impuestos que toca pagar en España...

    Matriculación:
    • Si sus emisiones son iguales o inferiores a 120 g/km de CO2: EXENTO
    • Si sus emisiones están entre 121 y 159 g/km de CO2: 4,75
    • Si sus emisiones están entre 161 y 199 g/km de CO2: 9,75
    • Si sus emisiones son iguales o superiores a 200 g/km de CO2: 14,75
    Luego toca sumar impuesto de circulación, potencialmente ITV, las matrículas, y por último el impuesto de transmisiones patrimoniales que depende de la comunidad varía entre 4 y 8%.

    Que en todo caso te documenten el precio del coche, porque los impuestos se calculan sobre este valor... aunque si lo consideran muy bajo pueden tirar de tablas y aplicarlo sobre un precio que consideran "de mercado".

    Todo esto te lo digo por lo que me acuerdo y puede que no todo esté correcto ni completo, pero espero que te ayude un poco!
     
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  3. E. Gonzalo

    E. Gonzalo Forista

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    Hasta donde yo sé (por experiencia propia) un particular comprando en concesionario paga el IVA alemán.
    Luego en España pagarás únicamente impuesto de matriculación que puede ser del 0% según emisiones e IVTM municipal.
    Y la factura con IVA se la van a quedar en Tráfico para matricularte el coche.

    Si puedes escanearnos o escribirnos bajo qué epígrafe ese coche está exento de IVA estaría bien.
    Pero me suena raro, sinceramente.
     
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  4. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    Te están vendido un coche SIN IVA DEDUCIBLE, y en España tienes que pagar ITP (Impuesto transmisiones patrimoniales) que dependiente la CCAA puede ir del 4 al 8% del valor del coche (tablas o factura, lo más alto).

    Ese coche es de particular y no te pueden hacer factura con IVA desglosado.

    Aparte el impuesto de matriculación, si lo paga.
     
    Última edición: 6 Sep 2023
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  5. Du86

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    A esto venía. Entiendo que ese coche es de un particular, aunque lo tenga el conce, y la operación será entre particulares.
     
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  6. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    No, el coche es del concesionario porque hace factura, pero lo compro a un particular y no lleva IVA deducible, igual que en España cuando un particular deja un coche en un compra-venta.
     
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  7. Du86

    Du86 En Practicas

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    Pero la venta sería entre particulares? Si no, si estás comprando a un profesional, si que pagarías el IVA de Alemania y por lo tanto figuraría en la factura. No hablo de que sea deducible o no, lo decía por el tema de la documentación que hay que presentar para importarlo como particular.
     
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  8. josepsuzuki

    josepsuzuki En Practicas

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    sobretodo...qu elo puedas matricular en españa...sobretodo...
     
  9. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    No, coche se compra a un profesional con REBU, no hay IVA.

    Tú presentas la factura, si hay IVA deducible no pagas ITP, si no hay IVA deducible pagas ITP, es simple, pero jodido si te toca pagar :facepalm:
     
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  10. Du86

    Du86 En Practicas

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    Entiendo, creía que eso solo era entre particulares y que a profesional siempre se compraba con IVA. Yo en su día lo compre en un conce bmw de Berlín y pagué el IVA correspondiente allí, que por suerte, por el COVID lo habían bajado al 16%
     
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  11. Knight

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    Mejor explicado imposible. Los coches que veas precio neto y bruto llevan iva y lo pagas (comprando como particular). Los que solo tengan un precio ( tu caso) además en España pagas ITP (un 4-8% adicional).
     
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  12. piclis

    piclis Forista

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    Eso no es correcto.
    El Artículo 25 equivale al REBU en España por lo que es IVA incluido, ha pertenecido a un particular.
    Pagas ItP si compras entre particulares, como aquí. Del mismo modo, si compras REBU a un profesional alemán no oagas Itp, como aquí. Algo he oído de algún caso que ha habido de pago de Itp por vendedores empresa que no son profesionales del sector (cv) No es tu situación.
    Coches con menos de 6 meses o 6000 kms son nuevos por lo que pagas Iva en España en cualquier caso. Entonces has de pagar sin Iva en Alemania, incluyendo compras a particulares quienes tendrán un reembolso de parte del iva de la compra.

    Normativa, si te sirve de ayuda:

    https://europa.eu/youreurope/citize...ing-selling-cars/index_es.htm#business-used-1

    la aeat también tiene un simulador para entregas intracomunitarias:

    https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/AVAC-CALC/LocalizadorEntregaBienes2023?id=10.2.2.1.4.2.2
     
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  13. mik330d

    mik330d Forista

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    Es así exactamente, si en la factura de compra indica que está sujeta al &25 , esa compra ya ha pagado los impuestos en Alemania, no tiene el iva deducible porque el coche perteneció a un particular en su día. Igual que si un compraventa español, vende un coche a un particular, no tiene que pagar itp.

    En caso de duda, consulta a una gestoría que esté acostumbrada a matriculaciones de coches de importación.
     
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  14. mik330d

    mik330d Forista

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    No, no es así, REBU en españa es lo mismo que &25 en Alemania
     
  15. agc

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    En España no se paga ITP si compras a un profesional porque estos tienen un acuerdo y pagan una cuota fija por transferencia, desconozco cuál.

    Cuando un particular compra un coche nuevo paga el IVA que va a hacienda y se termina la película. Si el coche lo compra una empresa, con ese IVA se juega en deducciones, por lo que en las facturas aparece desglosado. Si a la hora de matricular ven que el IVA no está desglosado consideran compra entre particulares y te piden el ITP, pero si has matriculado en España un coche importado sin IVA deducible y no te han pedido el ITP, es interesante que nos digas en qué jefatura de tráfico ha sido porque es muy interesante, normalmente los coches más baratos son los que no tienen IVA deducible.
     
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  16. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    En España los compra-venta no pagan ITP porque tienen un acuerdo y pagan una cuota fija, hay coches que pueden pagar algunos miles, que tendrían que pagar al comprar y al vender, una ruina.
     
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  17. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    Creo que estamos hablado de cosas distintas…

    Cuando compras en Alemania pagas siempre el IVA, salvo que se tenga intracomunitario y se pague solo el neto. Si el coche ha sido de una empresa, ese Iva va separado del precio del vehículo y en ese caso en España no te hacen pagar el ITP.

    Si al comprar el coche la factura no lleva el IVA desglosado porque ha pertenecido a un particular, el IVA se paga igualmente, lo pago el particular y va incluido en el precio, y en este caso en España te hacen pagar el ITP porque interpretan que es una compra-venta entre particulares.
     
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  18. Bl@nquito

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    No... El coche se está comprando bajo REBU, no se paga ITP y el IVA no es desglosable (ni deducible)

    Mientras aparezca la mención del artículo 25 en la factura, en la AEAT no van a decir ni pio cuando le pasen los papeles los de la DGT

    Unicamente se paga ITP cuando hay un contrato de compraventa entre particulares, en este caso tiene una factura y si está pagando IVA, sobre los beneficios del compraventa, que no se desglosa para no airear el margen que le mete a la compra
     
    Última edición: 7 Sep 2023
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  19. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    Has matriculado un coche sin el IVA desglosado en la factura sin pagar ITP?
     
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  20. Bl@nquito

    Bl@nquito Clan Leader

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    Si, varias veces.
    El ITP sólo aplica a compraventa entre particulares.

    Lo he hecho con el 335, el Touareg, el Mini, el GolfR
    La Six tenía IVA deducible
     
    Última edición: 7 Sep 2023
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  21. Bl@nquito

    Bl@nquito Clan Leader

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    Como info, las empresas de compraventa están exentas de pagar ITP

    https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v2399-17-21-09-2017-1472884


    Exención en una compraventa de un vehículo con motor mecánico para circular por carretera es necesario tres requisitos:

    1º Que el adquiriente sea un empresario dedicado a la compraventa de vehículos usados.

    2º Que la adquisición se realice con la finalidad de destinarlo a su reventa.

    3º Que la exención devendrá definitiva si se cumple la condición de que la reventa se produzca en el año siguiente a la adquisición.
     
  22. Knight

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    Un coche importado de Alemania sin IVA desglosado paga ITP. Es exactamente así. He importado dos y para el primero ya había hablado con la jefatura de la DGT, con AEAT, dos importadoras y una gestoría justamente porque no quería problemas.

    Y por si tenéis dudas adjunto resumen de CONSULTA DGT V-1582-09:

    En consecuencia, cumplidos los requisitos dispuestos por el indicado precepto, la entrega de un vehículo al consultante cuando actúe como empresario o profesional se encontrará sujeta pero exenta en el Estado de origen, debiendo tributar como adquisición intracomunitaria de bienes en el Estado de llegada del transporte, sin que dicha tributación sea voluntaria.

    Otros links populares de consulta de este tipo de dudas:

    https://www.blogcochesegundamano.com/calcular-impuesto-de-transmisiones-coche-segunda-mano/

    https://importarcoches.com/impuestos/impuestos-como-comprar-un-coche-en-alemania-sin-iva/
     
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  23. agc

    agc Clan Leader Coordinador Miembro del Club

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    Entiendo que siempre que se tenga factura de un compra-venta, con IVA o sin IVA, está exento de ITP? Bueno saberlo porque antes no era así :guiño:
     
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  24. Ram

    Ram Forista Legendario

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    Pillo sitio a ver cómo acaba la cosa.

    No soy ejperto, y me interesa el asunto porque a veces los eléctricos e híbridos veo que tienen mejor precio con un par de años, en Alemania que en España, y si no hay impuesto de matriculación aquí, puede ser interesante traerse uno.

    De entrada parece un asunto suficientemente enrevesado (y de importancia pecuniaria) como para dejarlo en manos de un buen profesional.
     
  25. Bl@nquito

    Bl@nquito Clan Leader

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    No sé cuándo será antes, pero el 335 lo compré en 2015 y la Ley del REBU es de 1992. El Touareg en 2018, el Mini en el 18, el GolfR en el 19, un amigo en el 21 compró un 240i con REBU y en ningún caso me pidieron ITP o hicieron mención a ello.

    Yo creo que debiste dar con algún incompetente, o la factura no mencionaba el artículo 25, cosa que debe hacer.
     
    Última edición: 7 Sep 2023
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  26. Bl@nquito

    Bl@nquito Clan Leader

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    Yo he importado cuatro desde 2015, un amigo otro en el 21 y no se ha pagado ITP. No lo estáis haciendo bien, lo siento.


    De tu consulta:

    https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1463-09-19-06-2009-1359171

    3. - Sin perjuicio de lo anterior, los supuestos en que el vendedor comunitario utilice en la transmisión el régimen especial de bienes usados, régimen que está, también, armonizado en la legislación comunitaria, se considera que la operación es una entrega interior sujeta en el país de adquisición, que no da lugar a una adquisición intracomunitaria, tal como se determina en el artículo 13.1º.b) de la Ley 37/1992.

    En dichos supuestos y tal como establece el artículo 138 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, no se consignará separadamente la cuota repercutida, debiendo entenderse ésta comprendida en el precio total de la operación.

    Ya lo he mencionado, la factura debe indicar que está sujeta a REBU (Artículo 25a de la UStG) https://www.gesetze-im-internet.de/ustg_1980/__25a.html

    Después, Ley del Impuesto sobre Tramisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su artículo 7.5 indica claramente cuándo está sujeto o exento.

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-25359
     
    Última edición: 7 Sep 2023
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  27. agc

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    No he tenido problemas porque siembre los he comprado con Iva deducible para evitar problemas, el primero en el 2007, y era algo en lo que te pedían que te fijases en su día para no tener problemas. Por lo que dices, con la cita esa que mencionas del artículo 25 en la factura, no te pidan el ITP, bueno saberlo :guiño:
     
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  28. Bl@nquito

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    Así es y ojo que he tenido complementarias del impuesto de matriculación en el 335 (porque pagué de mas) y en el Toaureg (porque pagué de menos), me pidieron facturas y/o contrato, ni mención al ITP.

    Lo que SI es importante es que la factura venga con el CIF europeo, en Alemania tienen dos, uno interno y uno para VIES, deben estar dados de alta y la factura con mención al 25 más el CIF de operaciones europeas.
    Ojito con eso que si lo comprueban en la DGT delante tuyo.

    Edito y añado: En todos los contratos me ponen esto o parecido, lo he buscado ahora:

    "Steuerfreie innergemeinschaftliche Warenlieferung nach §25a USTG/Sonderregelung Gebrauchtgegenstand"
    "Gesamtpreis §25a USTG"
    "§25a USTG - Differenzbesteuerung"
    "Gebrauchtgegenstände/Sonderregelung nach §25a USTG"
     
    Última edición: 7 Sep 2023
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  29. agc

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    Lo guardo por si hay una siguiente :guiño:
     
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  30. Bl@nquito

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    Si necesitas ayuda, ya sabes.
    En una semana me voy a por otro para mi socio, a ver cuándo me da luz verde
     
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