Duda Conducir un coche de leasing extranjero en España?

Tema en 'Foro General BMW' iniciado por bluemw, 11 Feb 2024.

  1. bluemw

    bluemw

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    Hola a todos,

    Soy español y llevo viviendo y trabajando +2 años en Polonia. He comprado un 330i nuevo de leasing con matrícula polaca (Concesionario BMW Polonia) y en unos meses me voy a mudar a España por una oferta de trabajo.

    ¿Cómo puedo conducir el coche legalmente en España?

    Según la legislación española, el coche debería matricularse en España, pero al no ser el dueño del vehículo, no puedo rematricularlo en España. BMW Finance es la dueña y así aparece en los papeles del vehículo, ellos tampoco ponen ninguna restricción a conducir el coche en toda la UE, pero no permiten rematricularlo.

    ¿Hay alguna excepción para casos de leasing? También he leído que 6 meses consecutivos es el máximo plazo de tiempo que un vehículo extranjero puede estar en España. ¿Sería legal salir 1 día cada 6 meses para restablecer este periodo?

    Gracias de antemano.
     
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  2. pUllastre

    pUllastre Clan Leader

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    A ver si alguien te da luz. La DGT da un plazo máximo de 30 días y extensivo con no sé qué peculiaridades. Pero no da detalles de qué sucede si es leasing.

    Entiendo que los 30 días será a partir de que tú ya indiques que eres residente :whistle:

    y si tienes carnet polaco, mantenlo biggrin

    pero la rematriculación va a ser sí o sí. vaya a ser que te escapases de algún radar biggrin
     
    Última edición: 11 Feb 2024
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  3. bluemw

    bluemw

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    La DGT da 30 días para matricular vehículos extranjeros y 60 días en casos de que ya tengas un coche y te mudes a España. Este último sería mi caso, pero legalmente, no soy el propietario del vehículo, el propietario es BMW Leasing, y ellos no permiten rematricularlo.

    El otro caso que veo, es para coches extranjeros que están "de paso" o turismo. Para ellos se les aplica un límite de tiempo 6 meses consecutivos.

    Parece que hay un vacío legal en este sentido, ya que en el BOE/Agencia Tributaria no he podido encontrar nada respecto a casos de leasing.

    El carnet de conducir que tengo español, eso sí! Y en cuanto a las multas, en Europa por experiencia ya llegan todas sea donde sea :posno:

    Gracias @pUllastre
     
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  4. Gus

    Gus Tali-bahn Administrador Coordinador

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    Siempre hay un caso que sorprende porque no está previsto. Por un lado la obligación recae en el titular, así que dudo que en definitiva te pudieran alcanzar a ti las consecuencias de no matricularlo.

    Y encima con la DGT por medio...vaya escenario.
     
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  5. Carlitoscsm

    Carlitoscsm En Practicas

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    No sé hasta que punto controlan esto, en mi parking hay un par de coches franceses que llevan, por lo menos, dos o tres años, una moto inglesa que lleva como una década y cuatro alemanes que también los veo desde hace bastantes años (3 Alfas y un 911, del mismo dueño, un alemán atípico). También sé de un francés, con empresa y residencia aquí desde hace muchísimos años, que tiene una pequeña flota de clásicos todos con matrícula francesa.
     
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  6. Ibi-TDI

    Ibi-TDI Clan Leader

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    Ni idea, pero interesa.

    La verdad es que en el parking de casa hay una furgo con matricula de Ucrania que esta allí siempre, y otro tiene un VW con matricula de Rumania y lo mismo.
    Y me da la sensación que hacen lo que les da la gana xD

    Yo me había planteado comprar un coche Alemania, con seguro aleman, y ponerlo en casa de algún familiar lejano que tengo viviendo por allí.
    Pero claro el coche estaría "siempre" en hispañistan.
     
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  7. carpal

    carpal Forista Senior

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    Supongo que al ser de leasing es como tenerlo alquilado, y no sé si hay límite de tiempo en un país de Europa diferente, cuando acabe el leasing lo devuelves o lo compras, si lo compras imagino que tendrías que rematricularlo, pero si lo devuelves ya no haría falta. Desde opinión de barra de bar, no creo que tenerlo en España con matrícula extranjera tengas problema porque, cómo saben el tiempo que llevas con el en cada país?.
     
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  8. Bassmaster

    Bassmaster Forista Senior

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  9. ZUBIETA

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    No se si es lo mismo …. Conozco un par de casos que conduncen coches con matrícula Andorra. El coche esta a nombre de una persona residente en Andorra y ellos residen en España.
     
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  10. Malavida79

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    Lo legal es que una vez te estableces en el nuevo pais, tienes 6 meses para matricularlo en el nuevo pais de residencia. Repito, lo legal.
    Lo que yo hice mientras estuve dos años en Belgica, fue dejar todo español (matricula, seguro, ITV e impuesto de circulacion) y cruzar los dedos para que no me parase la policia.
    Una vez te para la policia, esto son testimonios reales de compañeros que les ha pasado, dos opciones:
    A) Te dan desde ese dia 6 meses para legalizarlo todo una vez comprueban que no estas de turismo.
    B) Te perforan el * si ya llevas mas de 6 meses viviendo alli y no lo has legalizado.

    Personalmente, miraria con lupa el contrato de leasing, porque una cosa es conducir el coche por toda Europa y otra muy distinta es donde tu tienes legalmente tu residencia, que si cambia de Polonia a España, posiblemente sea motivo de resolucion del contrato de dicho leasing.
     
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  11. Malavida79

    Malavida79 Forista Legendario Miembro del Club

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    No habia visto tu post, pero como se nota los que vivimos fuera que ya nos suena todo ese tipo de musica.

    Porque claro, para mi, lo ideal seria financiar un coche en Suiza, matricularlo en Alemania y pagar el seguro e itv en España:floor::floor::floor:
     
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  12. el_ovispo

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    Un vecino de un amiguete trabaja para una empresa alemana y tiene coche de empresa con matrícula alemana. Y les cambian de coche cada 3/4 años.

    Ni idea de si es 100% legal, sólo sé eso porque de ver el coche alemán allí cada vez le pregunté al colega y es lo que me dijo.
     
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  13. Bassmaster

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    Dependiendo de la matrícula y del tipo de coche, supongo que hay más o menos papeletas de que te pare la policía y ocurra lo que comenta @Malavida79.

    En general una matrícula alemana o francesa levanta menos sospechas que una rumana o polaca en España. Y si va montada en un coche clásico bien cuidado, imagino que las probabilidades de que te paren para revisar con lupa todos los papeles son casi nulas.

    Donde veraneo en la Costa Brava hay un Citroën Xantia Break circulando con matrícula británica. En GB está dado de baja temporal y lleva unos 10 o 15 años sin pasar la MOT. He visto a la pareja de jubilados británicos aparcar al lado de una patrulla de Mossos sin pestañear.
     
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  14. Urko

    Urko Forista Legendario Miembro del Club

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    Hombre, él era residente en ese país, pero sin serlo no te vas a ir a Polonia a contratar un leasing.
     
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  15. Bassmaster

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    Ya ya, pero por la misma regla de tres, si deja de ser residente en Polonia, las condiciones del contrato de leasing cambian.

    Habría que leerse la letra pequeña al detalle, pero podría ser motivo de resolución del contrato como ya se ha dicho más arriba.

    Cambian muchas cosas. Para la empresa de leasing polaca es más arriesgado prestarle el coche a una persona de fuera que a un residente nacional (si deja de pagar, tendrá que ir a perseguirlo a España). El seguro del coche también está calculado para Polonia, igual que las revisiones del coche, etc.
     
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  16. Barbinski

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    Por experiencia en mi curro, según el contrato de las empresas de renting (leasing para el resto de Europa): no puedes irte a vivir a otro país.
    Lo máximo que te permiten circular por otro país suele ser 15 días.

    Ahora bien.:sneaky:...el incumplimiento es difícil de demostrar si no tienes algún tipo de incidencia (accidente, o multas).
     
  17. Bassmaster

    Bassmaster Forista Senior

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    A partir del momento en el que les llame para cambiar la domiciliación del pago mensual a un IBAN español, posiblemente hagan preguntas. Encima si se da de baja del padrón municipal en Polonia y deja de ser residente allí, demostrarlo será fácil.

    Si se le "olvida" darse de baja como residente polaco y no cierra las cuentas bancarias, quizás nadie se dé cuenta, salvo incidencia como dices. No sé si en ese caso los problemas le podrían venir por otra parte ajena al coche.

    Modo conspiranoico ON: ¿la empresa de leasing puede localizar el coche en remoto? Más siendo BMW Finance, ¿no les saltará una alerta cuando todas las conexiones sean desde España?
     
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  18. Carlitoscsm

    Carlitoscsm En Practicas

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    No creo que sean tan competentes, dudo que hagan comprobaciones rutinarias para detectar un posible fraude que porcentualmente no es muy relevante para ellos. Pero como ya ha mencionado @Barbinski los problemas vienen si tienes un accidente, ahí sí que el seguro se preguntará qué estaba haciendo ese coche en España.
     
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  19. Alvaris

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    Quién va a saber el tiempo que lleva aquí?? No eres dueño del coche, así que no le daría muchas vueltas
     
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  20. Malavida79

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    El empadronamiento y/o el alta/baja consular, sin las cuales no es posible hacer muchas cosas legalmente, tanto a la salida como a la entrada de residencia de un pais. No se puede hacer casi nada en realidad.
     
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  21. Malavida79

    Malavida79 Forista Legendario Miembro del Club

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    Que en España no se hagan las cosas todo lo bnien que se deberia, no significa que en otros paises no se haga.
    En Belgica por ejemplo, viene la policia fisicamente a identificarte en tu direccion.

    Yo estuve dos años haciendo el pirata en Bruselas, ya lo he dicho, pero porque era Bruselas. Luego siempre he ido como toca alli donde he estado o estoy.
    Ya me ho-de pagar las itv a 100€ y los seguros a el doble, pero prefiero ir "limpio" a tener alguna y liarla bien liada. Me hago mayor:descojon::descojon::descojon:
     
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  22. Carlitoscsm

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    Me refería a las comprobaciones que, de forma proactiva y rutinaria, pueda hacer la empresa de renting para asegurarse de que sus coches están efectivamente circulando en el país donde se firmó el contrato. Ahí me temo que no habrá grandes diferencias entre las políticas que sigan en un país u otro de la UE y dudo que hagan mucho al respecto, mientras pagues y no te accidentes no pasará nada. Otra cosa muy distinta son los trámites que las personas tenemos que seguir al cambiar de país de residencia, y ahí te doy la razón, hay estados más eficientes que otros.
     
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  23. Bassmaster

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    Doy fe que circular con placas españolas estando empadronado en otro país es algo “estresante”. Lo hice unos 5 años con el E46 y cada vez que veía una patrulla de la Polizei se me ponían de corbata.

    Sinceramente, no merece la pena.
     
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  24. DavidV

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    Como te dice @Malavida79 99.99% que viene que NO en el contrato

    aparte de eso, como comentan más arriba, aunque pudieses por el contrato, la legislación Española no te lo permite más que los tiempos que te comentan

    Y luego está el tema de seguro, en ES no vas a poder asegurar un coche con matrícula extranjera más que el tiempo justo para pasar los trámites de matriculación, y el polaco... tampoco vale aquí más que para Turismo, nunca en residencia

    A todo esto.. "leasing" con BMW Polonia... dado la costumbre de utilizar mal la palabra que hay por Europa en coches.....

    que es?

    A) Arrendamiento financiero (leasing) propiedad de BMW al que le pagas el alquiler y tiene la nuda propiedad del bien
    B) Lo que aquí llamamos "select": el vehículo lo has comprado tú dando una entrada y unas cuota mensuales, que a los 3/4 años el contrato expira y puedes comprar el coche o engancharte de nuevo en la rueda del hamster? en este caso, aquí, el propietario serías tú pero la financiera tiene la figura de la reserva de dominio, que no permite cambio de titularidad
     
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  25. Malavida79

    Malavida79 Forista Legendario Miembro del Club

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    Yo lo hice en Bruselas porque aquello era y es un despiporre de matriculas de toda la EU, y la policia bastante tiene cada dia con las visitas de jefes de estado, delegaciones que van a las instituciones europeas, la OTAN y las manifestaciones correspondientes. Se dedican casi en exclusiva a cortar calles y escoltar convoyes de vehiculos oficiales y CD como locos.

    Y si, no merece la pena.
     
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