Buenas tardes, Siento abrir el "off-topic", pero no consigo encontrar nada relativo a mi situación por internet... Resulta que "hoy" vivo en Suiza, pero en breve, está previsto que traslade mi residencia a España, ya que mi empresa cierra la sede en Suiza, y me traslada a la sede Española. Dónde empezaré a trabajar el 1 de Noviembre. De hecho, ya he comenzado los tramites de mudanza, yo ya me he empadronado, y uno de los coches ya está en España, en trámites de matriculación... El tema es... y si vuelvo a conseguir trabajo en Suiza u otro país que NO sea España en los próximos días, semanas o meses (corto periodo de tiempo)... que pasa??? Quiero decir, debido al cambio de residencia Suiza-España, me puedo acoger a la franquicia de importación por cambio de residencia... Pero y si me vuelvo a cambiar "otra vez" de residencia inminentemente??? Alguien ha estado en una situación similar y me puede aconsejar o ayudar?? Muchas gracias de antemano! PS: tengo la cabeza ya con este asunto del trabajo y la mudanza que me va a explotar
Yo estuve expat en EEUU, y por ejemplo podía traerme un coche sin importarlo ni pagar IVA pero tenía que conservarlo dos años (al menos) para que se considerara un efecto personal....si lo vendía antes, tenía que liquidar IVA e impuestos.... No se si te sirve de referencia...a nosotros la empresa nos pone una consultora que lo hace todo, así que no estuve muy metido en la parte legal/fiscal....
Dos años? La única limitación que publica la AEAT es la de doce meses y el destino del vehiculo (ha de ser el mismo que en origen),: otra cosa es que sumes el plazo o que en los 12 primeros meses no hagas la declaración de libre práctica y luego adiciones la limitación a la cesión, etc...y por tanto 12+12 =24. Pero si, no: la limitación es de 12 meses https://www.agenciatributaria.es/st...dos/Viajeros/Particulares/traslado_resid2.pdf No conozco casos de tanta brevedad en establecer la residencia fuera de nuevo (además, ha des ser fuera de la UE en ambos casos) pero no conozco requisito de permanencia alguno (si, por ejemplo, limitaciones a la disposición de los bienes importados en los doce meses siguientes, singularmente los coches .) De manera que salvo información en contrario, que desconozco, si sales de nuevo o no no importa: el vehículo deberás darle entrada de nuevo en el pais receptor y baja por traslado de nuevo en la DGT.
Tal y como dice Gus, tengo que mantener el vehículo (o lo que sea) durante 12 meses dándole el mismo uso al que estaba destinado antes de la mudanza, y si lo vendo pues me tocaría apechugar con los impuestos... El tema es que yo no vendería nada, sino que cambiaría "otra vez" de residencia...
Es la info que me pasó el consulado...tenías que haber sido residente censado (apuntado en el consulado y registrado como “residente ausente”) al menos 6 meses, y haber sido propietario del coche al menos ese tiempo.... No lo miré mucho más porque me rajé y mi precioso 328i E93 se quedó en Alabama...
¿La embajada o el consulado no te saben decir? En mi caso fueron súper eficaces....con lo del coche no hizo falta pero el pequeño nació allí y para tramitar los papeles y la nacionalidad española fueron extraordinariamente colaboradores y nos facilitaron todo el proceso al máximo, la verdad es que fue una grata sorpresa (sin coñas ni ironías...) Igual allí están más acostumbrados a estas historias y te pueden orientar....
Pues probaré mañana a llamar al consulado, a ver si consigo que me respondan al teléfono... Muchas gracias! Saludos!
Ha tenido que cambiar, cuando yo baje mi ex-frutero alla por 2006 creo recordar que tambien eran 2 años. Creo que el ultimo parrafo que escribes es el bueno. Ya para @jagus , ten tambien en cuenta que tienes 6 meses para matricular el vehiculo en el nuevo pais de residencia, lo que te da cierto margen de maniobra a poco que te hagas el loco... no se si me explico...
Añadiendo que la posibilidad de que en España paren a un coche con matrícula suiza para comprobar su lugar de residencia es bastante remota... Yo aprovecharía esos 6 meses...
No son 6 meses, son 60 días desde la entrada del vehículo si quieres estar exento del pago del IVA (en la aduana), y del impuesto de matriculación en hacienda. De eso estoy seguro. Por ello, que una de las cosas que más me interesa saber es si matriculo los coches en España dentro de esos días, para evitar el pago de impuestos, si luego los doy de baja antes de los siguientes 12 meses, pero NO por venta, sino por traslado nuevamente de residencia, si hacienda no me vendrá después a reclamarme esos impuestos... Saludos!
Pago del Impuesto de Matriculación. No aplica en caso de aceptación del Cambio de Residencia y los trámites se llevan dentro de los 60 días tras la emisión del DUA de importación donde conste la Franquicia.
j*der macho vaya lio, y yo que me quejo del jaleo que estoy viendo para simplmente importar coche a Suiza... Quedo atento al hilo, suerte con los trámites.
Hablaba de tu nuevo pais, posterior a España. Que puedes circular con la matricula española 6 meses legalmente.
Pregunta de tontos, digo que yo que si mantienes tu residencia legal en Suiza podrías también circular con matrícula suiza de forma "indeterminada" siendo espacio schengen? No con Suiza, pero con otros países, es algo que he hecho varias veces. Está claro que si pierdes la residencia suiza entonces poco puedes hacer.
No sé en la UE, pero en Suiza como residente NO puedes circular con un coche con matrícula extranjera salvo que sea de alquiler o de empresa. Que había mucho listo que dejaba su coche registrado a nombre de algún familiar residiendo en otro país, pagaba impuestos y seguro (mucho más bajos) en Alemania/Francia/Italia y circulaba por aquí.
En caso de ser Suiza, si me doy nuevamente de alta en Suiza, esta prohibido que circule con un coche a mi nombre matriculado en el extranjero. Además, son bastante extrictos con eso, porque como bien dice @Till , había mucho listillo circulando con coches matriculados en Francia para ahorrar en seguro, numeritos, etc... (sobre todo franceses, italianos y alemanes). He estado mirando, y en principio, tendría que dar simplemente de baja el coche definitivamente en la DGT por traslado de residencia. No transfiriendo el coche a otra persona, no "debería" haber más problemas... Saludos!
El permiso de residencia lo tengo que devolver en mi comuna de residencia suiza antes de abandonar el país. Ellos lo "guardan", y si no notificas la vuelta antes de 6 meses, entonces, lo pierdes definitivamente...
Queda claro entonces, en la UE si que son los seis meses. Pensaba que en Suiza era lo mismo ya que algunas cosas si las comparten, como Schengen, aunque se lo quieren fumar... Claro, yo te lo decia por el caso de tenerlo que tener matriculado un año en España para la exencion de impuestos, circulabas 6 meses y luego otros seis meses mas de riesgo haciendo el pirata o en un garage guardado.
Por mucha vergüenza que me dé, yo sigo con la matrícula española un año después de emigrar. Tengo claro que en 2021 tengo que poner los papeles en regla, sufro demasiado cada vez que me cruzo con un coche de la Polizei. Además así dejo de pagar impuestos a la Colau y a los de la Generalitat con sus impuestos al CO2, que me tienen harto. En Alemania subvencionaré la Autobahn
En Suiza tienes hasta un año para ir con la matrícula extranjera... y eso de que no lo hace nadie, pues ya te digo que he visto a más de uno. No sé yo si controlan tanto.
Perdone Ud que le corrija para reafirmarme: https://www.ezv.admin.ch/ezv/en/hom...-voruebergehende-in-der-schweiz-benutzen.html In principle, you may not use an uncleared vehicle in Switzerland. You must spontaneously declare any vehicle(s) on which duty has not been paid for permanent importation into Switzerland to Swiss Customs at the border. This also applies to vehicles which relatives or acquaintances from abroad wish to cede to you. Special regulations only apply in a few cases. Si "spontaneously" significa "tómese un año, no se estrese", eso será en la parte vaga, digo francófona If you use an uncleared vehicle in Switzerland without authorisation or do not comply with formalities, you must pay the import duties for the vehicle (customs duty, automobile tax, value added tax) retroactively. In addition, you must be prepared for criminal customs proceedings to be initiated.
No es lo mismo importar un auto cuando te da la gana... que mudarte con todos los trastos desde otro país. En ese caso, el coche viene dentro de la mudanza, y tienes hasta un año para traer todo sin pagar impuestos. Coche incluido. La primera opción es tipo A. La segunda es categoría B.
A mí también me suena eso de haberlo estado leyendo en la web de la oficina cantonal de Ginebra, y estaba relacionado con algo de las mudanzas... entiendo que la diferencia con la info que pone @Till se justifica por ese matiz (vivir en suiza y comprar coche con matricula de fuera e IRTE A VIVIR a suiza y adentrarte con coche con matrícula de fuera)
Claro, además el coche no puede ser nuevo. Creo que tiene que ser tuyo desde un mínimo de 6 meses antes de mudarte...
Más info: The vehicle must immediately be announced at the border to the customs office. The customs office defines the import status. Once defined it cannot be changed. Direct import as “household effect”, “wedding trousseau” or “inherited property” After your personal entry (not that of your vehicle), you have one year to register your foreign vehicle in Switzerland . After that period, the foreign vehicle cannot be used in Switzerland anymore. It is recommended to quickly give your documents to the SAN, as the procedure may take some time. The vehicle must be covered by a third party insurance (RC) and have a valid registration plate until its’ registration in Switzerland. https://www.vd.ch/fileadmin/user_up...F_1710e_Information_import_light_vehicule.pdf